T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-4497)
Sala Segunda. Sentencia 22/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de amparo 3917-2019. Promovido por don Atik Makdad respecto de la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó por un delito contra la salud pública. Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia: condena en casación que no infringió los principios de inmediación ni acusatorio. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Lunes 22 de marzo de 2021

Sec. TC. Pág. 32773

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4497

Sala Segunda. Sentencia 22/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 3917-2019. Promovido por don Atik Makdad respecto de la sentencia
de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó por un delito
contra la salud pública. Supuesta vulneración de los derechos a un proceso
con todas las garantías y a la presunción de inocencia: condena en casación
que no infringió los principios de inmediación ni acusatorio. Voto particular.

ECLI:ES:TC:2021:22
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez y don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3917-2019, promovido por don Atik Makdad, contra la
sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2018, dictada
en recurso de casación, y contra el auto de 25 de abril de 2019 de la misma Sala,
desestimando incidente de nulidad de actuaciones promovido contra la anterior
resolución. Han formulado alegaciones don Said Makdad y don Abdellah El Kamouni. Ha
intervenido el teniente fiscal ante este tribunal. Ha sido ponente el magistrado don
Ricardo Enríquez Sancho.
I.

Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 24 de junio
de 2019, la procuradora de los tribunales doña Inmaculada Guzmán Altuna, actuando en
nombre y representación de don Atik Makdad, bajo la defensa de la letrada doña Mireia
Balaguer Bataller, interpuso demanda de amparo contra las resoluciones arriba
mencionadas.
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes:

a) La parte dispositiva de la sentencia, en lo que importa al recurrente, fue la
siguiente:
«Que debemos condenar y condenamos al procesado Atik Makdad como coautor de
un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que no causan grave
daño a la salud, del artículo 368.1, último inciso, y en su tipo agravado de cantidad de
notoria importancia del art. 369.1.5 del Código penal, concurriendo la circunstancia de
análoga significación de haber obrado a consecuencia de su adicción a las drogas del

cve: BOE-A-2021-4497
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A) La Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Quinta, dictó sentencia el 29 de
junio de 2017 en el sumario 01-2016, en el que resultaron acusados el aquí recurrente y
otras dieciocho personas.