T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-4495)
Sala Segunda. Sentencia 20/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de amparo 6839-2018. Promovido por doña Silvia Cazorla Úbeda respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Sabadell en juicio verbal de desahucio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos sin apurar las posibilidades de comunicación personal (STC 62/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Lunes 22 de marzo de 2021

Sec. TC. Pág. 32748

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4495

Sala Segunda. Sentencia 20/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 6839-2018. Promovido por doña Silvia Cazorla Úbeda respecto de
las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Sabadell en
juicio verbal de desahucio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin
indefensión: emplazamiento mediante edictos sin apurar las posibilidades de
comunicación personal (STC 62/2020).

ECLI:ES:TC:2021:20
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta; y los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José-González Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez y don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 6839-2018, interpuesto por doña Silvia Cazorla
Úbeda, contra el auto de 8 de octubre de 2018, dictado por el Juzgado de Primera
Instancia núm. 6 de Sabadell, en el juicio verbal de desahucio núm. 555-2016 instado
contra ella, en cuya virtud se desestimó el incidente excepcional de nulidad de
actuaciones planteado contra las resoluciones dictadas en orden a la notificación edictal
y posteriores desde el decreto de 8 de noviembre de 2016, de admisión a trámite de la
demanda. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la magistrada doña
Encarnación Roca Trías.
I. Antecedentes

2. Los antecedentes relevantes para la resolución del presente recurso de amparo
son, sucintamente, los siguientes:
a) Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Sabadell se ha tramitado a
instancia de doña Carmen Requena Sorrocha y don Diego Pellicer Alcaraz frente a doña
Silvia Cazorla Úbeda, el juicio verbal de desahucio núm. 555-2016, por expiración del
plazo contractual y falta de pago y, acumuladamente, la reclamación de cantidad de las
rentas devengadas y otras cantidades contractualmente convenidas, concretamente,
gastos de comunidad y determinados impuestos.

cve: BOE-A-2021-4495
Verificable en https://www.boe.es

1. Por escrito registrado en este tribunal el 4 de julio de 2019, doña Silvia Cazorla
Úbeda, representada por la procuradora de los tribunales doña Pilar Azorín-Albiñana
López y bajo la dirección del letrado don Antonio Abellán Albertos, interpuso recurso de
amparo contra el auto de 8 de octubre de 2018, dictado por el Juzgado de Primera
Instancia núm. 6 de Sabadell, en el juicio verbal de desahucio núm. 555-2016 instado
contra ella, en cuya virtud se desestimó el incidente excepcional de nulidad de
actuaciones planteado contra las resoluciones dictadas en orden a la notificación edictal
y posteriores, desde el decreto de 8 de noviembre de 2016, de admisión a trámite de la
demanda.