T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-4507)
Sala Primera. Sentencia 32/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de amparo 183-2020. Promovido por Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur, S.L., respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 40/2020 [inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e inadmisión de la oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber de las personas jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por medio de comunicaciones electrónicas con la regulación del primer emplazamiento en los procesos civiles].
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. TC. Pág. 32875
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4507
Sala Primera. Sentencia 32/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 183-2020. Promovido por Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur,
S.L., respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera
instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 40/2020
[inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de
comunicación del primer emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e
inadmisión de la oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber
de las personas jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por
medio de comunicaciones electrónicas con la regulación del primer
emplazamiento en los procesos civiles].
ECLI:ES:TC:2021:32
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
José González Rivas, presidente; los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don
Santiago Martínez-Vares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido CondePumpido Tourón; y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 183-2020, promovido por Euroinversiones
Inmobiliarias Costa Sur, S.L., representada por la procuradora de los tribunales doña
Blanca Berriatua Horta y bajo la dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent
Rodríguez, contra el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de
Lorca, de 14 de noviembre de 2018, que inadmitió la demanda de oposición a la
ejecución formulada por dicha mercantil, en el procedimiento de ejecución hipotecaria
núm. 364-2018 instado por la entidad Banco de Sabadell, S.A., y contra el auto del
mismo juzgado, de 20 de noviembre de 2019, que desestimó el recurso de reposición
interpuesto contra la anterior resolución. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
comparecido la entidad Pera Assets Designated Activity Company, actuando como
sucesora procesal del banco ejecutante. Ha sido ponente el magistrado don Alfredo
Montoya Melgar.
Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 10 de enero
de 2020, la procuradora de los tribunales doña Blanca Berriatua Horta, actuando en
nombre y representación de Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur, S.L., bajo la
defensa de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodríguez, interpuso demanda de
amparo contra las resoluciones arriba mencionadas.
cve: BOE-A-2021-4507
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. TC. Pág. 32875
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4507
Sala Primera. Sentencia 32/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 183-2020. Promovido por Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur,
S.L., respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera
instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 40/2020
[inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de
comunicación del primer emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e
inadmisión de la oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber
de las personas jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por
medio de comunicaciones electrónicas con la regulación del primer
emplazamiento en los procesos civiles].
ECLI:ES:TC:2021:32
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
José González Rivas, presidente; los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don
Santiago Martínez-Vares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido CondePumpido Tourón; y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 183-2020, promovido por Euroinversiones
Inmobiliarias Costa Sur, S.L., representada por la procuradora de los tribunales doña
Blanca Berriatua Horta y bajo la dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent
Rodríguez, contra el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de
Lorca, de 14 de noviembre de 2018, que inadmitió la demanda de oposición a la
ejecución formulada por dicha mercantil, en el procedimiento de ejecución hipotecaria
núm. 364-2018 instado por la entidad Banco de Sabadell, S.A., y contra el auto del
mismo juzgado, de 20 de noviembre de 2019, que desestimó el recurso de reposición
interpuesto contra la anterior resolución. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
comparecido la entidad Pera Assets Designated Activity Company, actuando como
sucesora procesal del banco ejecutante. Ha sido ponente el magistrado don Alfredo
Montoya Melgar.
Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 10 de enero
de 2020, la procuradora de los tribunales doña Blanca Berriatua Horta, actuando en
nombre y representación de Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur, S.L., bajo la
defensa de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodríguez, interpuso demanda de
amparo contra las resoluciones arriba mencionadas.
cve: BOE-A-2021-4507
Verificable en https://www.boe.es
I.