T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-4505)
Sala Primera. Sentencia 30/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de amparo 7501-2019. Promovido por Penrei Inversiones, S.L., respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 40/2020 [inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e inadmisión de la oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber de las personas jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por medio de comunicaciones electrónicas con la regulación del primer emplazamiento en los procesos civiles].
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. TC. Pág. 32865
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4505
Sala Primera. Sentencia 30/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 7501-2019. Promovido por Penrei Inversiones, S.L., respecto de las
resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de
Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a
la tutela judicial efectiva: STC 40/2020 [inadecuada utilización de la dirección
electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer
emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e inadmisión de la
oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber de las personas
jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por medio de
comunicaciones electrónicas con la regulación del primer emplazamiento en
los procesos civiles].
ECLI:ES:TC:2021:30
La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por don Juan José González
Rivas, presidente; los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago MartínezVares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido Conde-Pumpido Tourón; y la
magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 7501-2019, promovido por Penrei Inversiones, S.L.,
representada por la procuradora de los tribunales doña Blanca Berriatua Horta y bajo la
dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodriguez, contra los autos de 27 de
noviembre de 2018 y de 30 de octubre de 2019, dictados por el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción núm. 4 de Lorca, en el procedimiento de ejecución hipotecaria
núm. 372-2018, por los que, respectivamente, se inadmite por extemporánea la
demanda de oposición formulada y se confirma esta última decisión, tras desestimarse el
recurso de reposición interpuesto frente a ella. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
comparecido la entidad Pera Assets Designated Activity Company, actuando como
sucesora procesal del banco ejecutante. Ha sido ponente el magistrado don Santiago
Martínez-Vares García.
Antecedentes
1. Por escrito registrado en este tribunal el 26 de diciembre de 2019, la entidad
Penrei Inversiones, S.L., representada por la procuradora de los tribunales doña Blanca
Berriatua Horta y bajo la dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodríguez,
interpuso recurso de amparo contra las resoluciones referidas en el encabezamiento. La
presentación de dicho escrito dio lugar al recurso de amparo núm. 7501-2019, cuyo
conocimiento correspondió a la Sección Segunda de este tribunal.
2. Los antecedentes relevantes para resolver la pretensión planteada, según se
recogen en la demanda y en la documentación aportada, son en síntesis los siguientes:
a) En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Lorca se sigue
procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 372-2018 promovido por la entidad Banco
cve: BOE-A-2021-4505
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. TC. Pág. 32865
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4505
Sala Primera. Sentencia 30/2021, de 15 de febrero de 2021. Recurso de
amparo 7501-2019. Promovido por Penrei Inversiones, S.L., respecto de las
resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de
Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a
la tutela judicial efectiva: STC 40/2020 [inadecuada utilización de la dirección
electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer
emplazamiento procesal (SSTC 6/2019 y 47/2019) e inadmisión de la
oposición a la ejecución resultante de la confusión del deber de las personas
jurídicas de relacionarse con la administración de justicia por medio de
comunicaciones electrónicas con la regulación del primer emplazamiento en
los procesos civiles].
ECLI:ES:TC:2021:30
La Sala Primera del Tribunal Constitucional compuesta por don Juan José González
Rivas, presidente; los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago MartínezVares García, don Alfredo Montoya Melgar, don Cándido Conde-Pumpido Tourón; y la
magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 7501-2019, promovido por Penrei Inversiones, S.L.,
representada por la procuradora de los tribunales doña Blanca Berriatua Horta y bajo la
dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodriguez, contra los autos de 27 de
noviembre de 2018 y de 30 de octubre de 2019, dictados por el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción núm. 4 de Lorca, en el procedimiento de ejecución hipotecaria
núm. 372-2018, por los que, respectivamente, se inadmite por extemporánea la
demanda de oposición formulada y se confirma esta última decisión, tras desestimarse el
recurso de reposición interpuesto frente a ella. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
comparecido la entidad Pera Assets Designated Activity Company, actuando como
sucesora procesal del banco ejecutante. Ha sido ponente el magistrado don Santiago
Martínez-Vares García.
Antecedentes
1. Por escrito registrado en este tribunal el 26 de diciembre de 2019, la entidad
Penrei Inversiones, S.L., representada por la procuradora de los tribunales doña Blanca
Berriatua Horta y bajo la dirección de la letrada doña Anju Nirmala Benavent Rodríguez,
interpuso recurso de amparo contra las resoluciones referidas en el encabezamiento. La
presentación de dicho escrito dio lugar al recurso de amparo núm. 7501-2019, cuyo
conocimiento correspondió a la Sección Segunda de este tribunal.
2. Los antecedentes relevantes para resolver la pretensión planteada, según se
recogen en la demanda y en la documentación aportada, son en síntesis los siguientes:
a) En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Lorca se sigue
procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 372-2018 promovido por la entidad Banco
cve: BOE-A-2021-4505
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I.