III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4476)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo marco estatal del sector ocio educativo y animación sociocultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 32574
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4476
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el III Convenio colectivo marco estatal del sector
ocio educativo y animación sociocultural.
Visto el texto del III Convenio colectivo marco estatal del sector Ocio Educativo y
Animación Sociocultural (Código Convenio 99100055012011), que fue suscrito con fecha
20 de enero de 2021, de una parte por la Federación Estatal de Organizaciones
Empresariales de Ocio Educativo y Sociocultural (FOESC), la Fundación Catalana De
L’Ésplai (AEISS) y la Asociación Nacional De Empresas Socioculturales (ANESOC), en
representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales
F.E.-CC.OO. y FeSP-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de marzo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
III CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DE OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN
SOCIOCULTURAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Este convenio es de aplicación en todo el territorio del Estado Español, sin perjuicio de
lo establecido en la Disposición Adicional Primera relativa a las Comunidades Autónomas,
dada su naturaleza normativa y de eficacia general en los términos previstos en el Título III
del Estatuto de los Trabajadores su contenido obligará a todas las empresas y trabajadores
y trabajadoras comprendidos dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial durante
su periodo de vigencia, sin que resulte de aplicación a los mismos ningún otro convenio de
sector. Excepción hecha de las exclusiones explicitas reflejadas en el artículo 4.
Artículo 2. Ámbito funcional.
El presente convenio regula las relaciones laborales en las empresas y/o entidades,
privadas, dedicadas a la prestación de servicios de ocio educativo y animación
cve: BOE-A-2021-4476
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 32574
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4476
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el III Convenio colectivo marco estatal del sector
ocio educativo y animación sociocultural.
Visto el texto del III Convenio colectivo marco estatal del sector Ocio Educativo y
Animación Sociocultural (Código Convenio 99100055012011), que fue suscrito con fecha
20 de enero de 2021, de una parte por la Federación Estatal de Organizaciones
Empresariales de Ocio Educativo y Sociocultural (FOESC), la Fundación Catalana De
L’Ésplai (AEISS) y la Asociación Nacional De Empresas Socioculturales (ANESOC), en
representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales
F.E.-CC.OO. y FeSP-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de marzo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
III CONVENIO COLECTIVO MARCO ESTATAL DE OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN
SOCIOCULTURAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Este convenio es de aplicación en todo el territorio del Estado Español, sin perjuicio de
lo establecido en la Disposición Adicional Primera relativa a las Comunidades Autónomas,
dada su naturaleza normativa y de eficacia general en los términos previstos en el Título III
del Estatuto de los Trabajadores su contenido obligará a todas las empresas y trabajadores
y trabajadoras comprendidos dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial durante
su periodo de vigencia, sin que resulte de aplicación a los mismos ningún otro convenio de
sector. Excepción hecha de las exclusiones explicitas reflejadas en el artículo 4.
Artículo 2. Ámbito funcional.
El presente convenio regula las relaciones laborales en las empresas y/o entidades,
privadas, dedicadas a la prestación de servicios de ocio educativo y animación
cve: BOE-A-2021-4476
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.