III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4474)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Federación Farmacéutica, S.C.C.L.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
c)
d)
e)
es por
Pleno.
Sec. III. Pág. 32550
Puntos acordados para su vista en el Pleno.
Otros temas incluidos por acuerdo.
Ruegos y preguntas: sobre los que no podrá tomarse decisión en el Pleno, si no
unanimidad, pasándose los demás, si así se decide, al Orden del día del próximo
El pleno ordinario se constituirá en primera convocatoria con un quórum mínimo de la
mitad más uno de los miembros de pleno derecho y en segunda, una hora después de la
fijada para la reunión en primera convocatoria, con los asistentes; salvo que por razones
de fuerza mayor (huelga de transportes, inclemencias metereológicas, etc.) estuviese
justificada una cierta ausencia colectiva, en cuyo caso se atrasará la convocatoria en los
términos que acuerden los miembros presentes del comité intercentros.
El comité intercentros y la Dirección de la empresa se reunirán a petición de
cualquiera de las partes.
En la misma jornada, previa o posteriormente a la anterior reunión, se reunirá el
Pleno del Comité Intercentros.
Pleno Extraordinario. Podrá ser convocado:
Por acuerdo del Presidente y Secretario.
Por la Comisión de Gestión.
La convocatoria se hará por escrito con la antelación suficiente, en función de la
urgencia de los temas a tratar, y en su texto habrá de figurar fecha, día, hora y lugar de
la reunión, así como el o los temas que la motiven.
El Pleno Extraordinario quedara constituido con un quórum mínimo de 7 miembros
de pleno derecho.
En cualquier momento de la discusión de un miembro del Comité podrá pedir la
observancia del Reglamento, alegando los artículos cuya aplicación reclamen.
El Presidente. Será elegido por mayoría simple de entre los miembros del Comité
Intercentros y puede formar parte de las comisiones.
Ostenta la representación institucional del Comité Intercentros conjuntamente con el
Secretario.
Preside los Plenos y reuniones del Comité, dirigiendo y moderando sus debates. Es
portavoz del Comité y supervisa la buena marcha de sus trabajos. Podrá delegar sus
funciones cuando no pueda ejercerlas personalmente, y de forma provisional, en
cualquier miembro electo de su sindicato.
El Secretario. Será elegido por mayoría simple de entre los miembros del Comité
Intercentros y puede formar parte de las comisiones.
Es responsable de la secretaria del Comité y del cuidado y archivo de sus
documentos.
Cursa las citaciones y expide certificaciones de los acuerdos con el visto bueno del
Presidente.
Recoge la información y los documentos de las comisiones de trabajo, computa el
resultado de las votaciones, prepara y extiende la documentación del Comité a la firma
del Presidente y confecciona las actas de los Plenos.
Ostentará, conjuntamente con el Presidente, la representación institucional del
Comité Intercentros.
Podrá delegar sus funciones cuando no pueda ejercerlas personalmente, y de forma
provisional, en cualquier miembro del comité.
Mantendrá los contactos oportunos con los representantes de los centros para
gestionar la documentación necesaria (citaciones, informaciones, actas, etc.).
Los vocales. Los vocales asistirán a las reuniones del pleno del Comité de empresa
y las reuniones que se celebren con la Dirección de la misma.
Serán miembros de las comisiones de trabajo para las que se les haya elegido.
Colaborarán con el Presidente y el Secretario, y trasmitirán los acuerdos y debates del
comité intercentros en el seno de su comité de empresa del centro de trabajo, delegados
cve: BOE-A-2021-4474
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
Núm. 69
Lunes 22 de marzo de 2021
c)
d)
e)
es por
Pleno.
Sec. III. Pág. 32550
Puntos acordados para su vista en el Pleno.
Otros temas incluidos por acuerdo.
Ruegos y preguntas: sobre los que no podrá tomarse decisión en el Pleno, si no
unanimidad, pasándose los demás, si así se decide, al Orden del día del próximo
El pleno ordinario se constituirá en primera convocatoria con un quórum mínimo de la
mitad más uno de los miembros de pleno derecho y en segunda, una hora después de la
fijada para la reunión en primera convocatoria, con los asistentes; salvo que por razones
de fuerza mayor (huelga de transportes, inclemencias metereológicas, etc.) estuviese
justificada una cierta ausencia colectiva, en cuyo caso se atrasará la convocatoria en los
términos que acuerden los miembros presentes del comité intercentros.
El comité intercentros y la Dirección de la empresa se reunirán a petición de
cualquiera de las partes.
En la misma jornada, previa o posteriormente a la anterior reunión, se reunirá el
Pleno del Comité Intercentros.
Pleno Extraordinario. Podrá ser convocado:
Por acuerdo del Presidente y Secretario.
Por la Comisión de Gestión.
La convocatoria se hará por escrito con la antelación suficiente, en función de la
urgencia de los temas a tratar, y en su texto habrá de figurar fecha, día, hora y lugar de
la reunión, así como el o los temas que la motiven.
El Pleno Extraordinario quedara constituido con un quórum mínimo de 7 miembros
de pleno derecho.
En cualquier momento de la discusión de un miembro del Comité podrá pedir la
observancia del Reglamento, alegando los artículos cuya aplicación reclamen.
El Presidente. Será elegido por mayoría simple de entre los miembros del Comité
Intercentros y puede formar parte de las comisiones.
Ostenta la representación institucional del Comité Intercentros conjuntamente con el
Secretario.
Preside los Plenos y reuniones del Comité, dirigiendo y moderando sus debates. Es
portavoz del Comité y supervisa la buena marcha de sus trabajos. Podrá delegar sus
funciones cuando no pueda ejercerlas personalmente, y de forma provisional, en
cualquier miembro electo de su sindicato.
El Secretario. Será elegido por mayoría simple de entre los miembros del Comité
Intercentros y puede formar parte de las comisiones.
Es responsable de la secretaria del Comité y del cuidado y archivo de sus
documentos.
Cursa las citaciones y expide certificaciones de los acuerdos con el visto bueno del
Presidente.
Recoge la información y los documentos de las comisiones de trabajo, computa el
resultado de las votaciones, prepara y extiende la documentación del Comité a la firma
del Presidente y confecciona las actas de los Plenos.
Ostentará, conjuntamente con el Presidente, la representación institucional del
Comité Intercentros.
Podrá delegar sus funciones cuando no pueda ejercerlas personalmente, y de forma
provisional, en cualquier miembro del comité.
Mantendrá los contactos oportunos con los representantes de los centros para
gestionar la documentación necesaria (citaciones, informaciones, actas, etc.).
Los vocales. Los vocales asistirán a las reuniones del pleno del Comité de empresa
y las reuniones que se celebren con la Dirección de la misma.
Serán miembros de las comisiones de trabajo para las que se les haya elegido.
Colaborarán con el Presidente y el Secretario, y trasmitirán los acuerdos y debates del
comité intercentros en el seno de su comité de empresa del centro de trabajo, delegados
cve: BOE-A-2021-4474
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