III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4474)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Federación Farmacéutica, S.C.C.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Lunes 22 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 32517

condición de delegada de personal del centro de trabajo de la empresa Federación
Farmacéutica, S. Coop. C.L. sito en el municipio de Terrassa; doña Ana María Cullere
Córdoba, mayor de edad, mayor de en su condición de delegada de personal del centro
de trabajo de la empresa Federación Farmacéutica, S. Coop. C.L. sito en el municipio de
Lérida; don Javier Herrera Lambiez, mayor de edad, mayor de en su condición de
delegada de personal del centro de trabajo de la empresa Federación Farmacéutica, S.
Coop. C.L. sito en el municipio de Reus; don Miguel Vilar Albelda, mayor de edad, mayor
de en su condición de delegada de personal del centro de trabajo de la empresa
Federación Farmacéutica, S. Coop. C.L. sito en el municipio de Valencia; en su condición
de representantes legales de los trabajadores de todos los centros de trabajo de la
empresa y miembros de la comisión negociadora.
MANIFIESTAN
I. Que, mediante Acta del día de hoy, 4 de enero de 2021 a las 12:00 horas, se ha
constituido una nueva Comisión Negociadora, a los efectos de negociar el segundo
convenio colectivo de la empresa Federación Farmacéutica, S.C.C.L., todo ello conforme
prevé el párrafo segundo del artículo 86.1 del R.D. Leg. 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
II. Que a los efectos del anterior Manifiestan II, la Comisión Negociadora ha
mantenido, también el día de hoy 4 de enero de 2021 a las 12:30 horas, una reunión con
el fin de negociar el nuevo texto convencional, habiéndose finalmente alcanzado un
Acuerdo sobre el mismo, conforme al siguiente texto:
CONVENIO COLECTIVO FEDERACIÓN FARMACÉUTICA, SCCL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Ámbito territorial.

Este Convenio Colectivo será de obligatoria aplicación en todos los Centros de
Trabajo que Federación Farmacéutica, S. Coop. C.L. tiene en la actualidad.

1. El contenido del presente Convenio establece y regula las relaciones laborales
entre Federación Farmacéutica, S. Coop. C.L. y sus empleados.
2. Afectará a la totalidad del personal vinculado por contrato de trabajo laboral.
3. No obstante lo anteriormente dicho, aquellos empleados que se hallen
encuadrados en, o tengan asignado alguno de los grupos profesionales o puestos de
trabajo que a continuación se detallan (Grupos 0, 1 y 2) y que corresponden al personal
directivo y/o con jefatura, quedarán excluidos de todos los artículos que hagan referencia
a jornada, turnos de guardia, horas extras, vacaciones y escala salarial, pero no de las
restantes materias reguladas en el presente Convenio. Ahora bien, el personal
anteriormente mencionado podrá solicitar su inclusión total en el Convenio, ajustándose
entonces sus percepciones al salario indicado en el Anexo n.º 1 para el grupo
profesional/puesto de trabajo de que se trate.
4. Todas las referencias a «trabajador» o «empleado» efectuadas en el texto del
Convenio se entenderán realizadas, indistintamente a hombres o mujeres.
Artículo 3.

Ámbito temporal y denuncia.

El presente Convenio extiende su ámbito temporal desde el 1 de enero de 2021
hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo su entrada en vigor a todos los efectos el día 1

cve: BOE-A-2021-4474
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Ámbito funcional y personal.