T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-4510)
Pleno. Sentencia 35/2021, de 18 de febrero de 2021. Recurso de amparo 1265-2018. Promovido por don Jerry Aroon-Kumar Rustveld respecto de las sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Baleares y un juzgado de lo penal de Palma de Mallorca, que le condenaron por un delito de amenazas leves. Vulneración de los derechos a la defensa y a un proceso con todas las garantías: privación del derecho a la última palabra, a cuyo ejercicio no se había renunciado expresamente; matización de la doctrina de la STC 258/2007, de 18 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Lunes 22 de marzo de 2021

Sec. TC. Pág. 32918

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4510

Pleno. Sentencia 35/2021, de 18 de febrero de 2021. Recurso de amparo
1265-2018. Promovido por don Jerry Aroon-Kumar Rustveld respecto de las
sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Baleares y un juzgado de
lo penal de Palma de Mallorca, que le condenaron por un delito de amenazas
leves. Vulneración de los derechos a la defensa y a un proceso con todas las
garantías: privación del derecho a la última palabra, a cuyo ejercicio no se
había renunciado expresamente; matización de la doctrina de la STC
258/2007, de 18 de diciembre.

ECLI:ES:TC:2021:35
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Juan José
González Rivas, presidente; la magistrada doña Encarnación Roca Trías; los
magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan
Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez
Rodríguez, don Alfredo Montoya Melgar, don Ricardo Enríquez Sancho, don Cándido
Conde-Pumpido Tourón y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1265-2018, promovido por don Jerry Aroon-Kumar
Rustveld, contra la sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 4 de Palma de Mallorca,
de 19 de diciembre de 2016, y contra la sentencia de la Sección Segunda de la
Audiencia Provincial de Baleares, de 18 de enero de 2018, que desestimó el recurso de
apelación interpuesto contra la anterior resolución. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
sido ponente el magistrado don Ricardo Enríquez Sancho.
I.

Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 8 de marzo
de 2018, la procuradora de los tribunales doña Isabel Alfonso Rodríguez, actuando en
nombre y representación de don Jerry Aroon-Kumar Rustveld, bajo la defensa del letrado
don Jaime Campaner Muñoz, interpuso demanda de amparo contra las resoluciones
arriba mencionadas.

a) El Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Palma de Mallorca abrió
diligencias previas de procedimiento abreviado núm. 1062-2015 contra el aquí recurrente
de amparo, en virtud de la denuncia presentada por doña Miranda Ivonne Stienstra, por
la comisión de los presuntos delitos de acoso, amenazas e injurias. Con fecha 30 de
octubre de 2015, dicho juzgado dictó auto cuya parte dispositiva fue: «Se prohíbe al
imputado Jerry Aroon-Kumar Rustveld aproximarse-acercarse a menos de 500 metros de
Miranda Ivonne Stienstra, de su domicilio sito en […], de su lugar de trabajo, y cualquier

cve: BOE-A-2021-4510
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2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes: