I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Infancia. (BOE-A-2021-4398)
Decreto-ley 23/2020, de 23 de diciembre, por el que se modifica la normativa de atención a la infancia para adaptar los centros de atención inmediata como dispositivos de emergencia para el acogimiento de menores extranjeros no acompañados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Lunes 22 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 32221

reglamentación de organización y funcionamiento de los centros de atención a la infancia
en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o
se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto-ley.
Disposición final primera.

Salvaguardia del rango de disposiciones reglamentarias.

Se mantiene el rango reglamentario del Reglamento de organización y
funcionamiento de los centros de atención a menores en el ámbito de la Comunidad
Autónoma Canaria, aprobado por el Decreto 40/2000, de 15 de marzo, modificado por
este Decreto-ley.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial de Canarias».
Canarias, 23 de diciembre de 2020.–El Presidente del Gobierno, Ángel Víctor Torres
Pérez.–La Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, Noemí
Santana Perera.

cve: BOE-A-2021-4398
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» número 267, de 28 de diciembre de 2020. Convalidado por
Acuerdo del Parlamento de Canarias, publicado en el «Boletín Oficial de Canarias número 26, de 8 de febrero
de 2021)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X