III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-4395)
Resolución de 13 de enero de 2021, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Montehermoso (Cáceres), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Sábado 20 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 32135

artístico renacentista en Extremadura. Sin lugar a dudas, se trata de un monumento
paradigmático en el patrimonio de la comarca del valle del Alagón y forma parte de los
bienes culturales extremeños, los cuales deben conservarse y protegerse para su legado,
en las mejores condiciones, a las generaciones futuras.
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de
Interés Cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada Ley 2/1999,
de 29 de Marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Asimismo, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara y precisa de
este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el artículo 8.1.b, será el
«espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar
a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
Por todo lo expuesto, de acuerdo con dichas normas, y a tenor de la memoria elaborada
por los técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
obrante en el expediente, se informa favorablemente la incoación de expediente para la
declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de la
iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Montehermoso (Cáceres),
completando la Resolución de 5 de agosto de 1982 (DOE, número 258, de 27 de octubre
de 1982), ya que conforme a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, es preciso modificar su categoría, adaptándola a las
contenidas en dicha norma, incluir reseña sobre los bienes muebles asociados a ésta
además de una delimitación gráfica del bien incoado, resultando adecuado redefinir la
descripción del bien y su delimitación ateniéndose a las prescripciones legales vigentes.
Vista la Propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
de 18 de noviembre de 2020, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de
Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés
para la región, recogidas en el art. 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de Marzo, y la competencia
prevista en el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE, número 214, del 6 de
noviembre), y demás preceptos de general aplicación, se formula la siguiente resolución.
Primero.
Incoar expediente para completar la Resolución de 5 de agosto de 1982, de la
Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por la que se incoa expediente
de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la iglesia parroquial de Nuestra
Señora de la Asunción de Montehermoso (Cáceres), en la categoría de Monumento, y que
se encuentra descrito en los anexos de esta Resolución.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.

Cuarto.
Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Montehermoso (Cáceres)
y al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, para que
conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al «Boletín Oficial del
Estado».
Mérida, 13 de enero de 2021.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.

cve: BOE-A-2021-4395
Verificable en https://www.boe.es

Remitir la presente resolución al «Diario Oficial de Extremadura» para su publicación
y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.