III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-4367)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Valenciana, para el control de la incapacidad temporal durante el período 2021-2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Viernes 19 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31911

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
4367

Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Valenciana, para el control de
la incapacidad temporal durante el período 2021-2022.

Con fecha 8 de marzo de 2021 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y la Comunidad Valenciana, para el
control de la Incapacidad Temporal durante el período 2021-2022 y, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado
Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 9 de marzo de 2021.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y
la Comunidad Valenciana para el control de la incapacidad temporal durante el
período 2021 a 2022
En Madrid, a 8 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, don Israel
Arroyo Martínez, nombrado mediante Real Decreto 70/2020, de 14 de enero, y la
Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, doña María Carmen
Armesto González-Rosón, nombrada mediante Real Decreto 131/2020, de 21 de enero.
Y, de otra parte, la Consellera de Sanitat Universal i Salut Pública, de la Comunidad
Valenciana, doña Ana Barceló Chico, nombrada por Decreto del President, de 6/2019,
de 17 de junio del Consell de la Comunidad Valenciana y actuando en virtud de las
competencias que le otorga el artículo 17 f de la Ley del Consell 5/1983 de 30 de
diciembre y facultada por Acuerdo del Consell de fecha 12 de febrero de 2021.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
MANIFIESTAN

Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Entidad Gestora de la
Seguridad Social, encuadrada en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones tiene competencias para gestionar y controlar la prestación de Incapacidad
Temporal (IT) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real
Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, que regula la estructura orgánica y funciones
del Instituto Nacional de la Seguridad Social y modificación parcial de las
correspondientes a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Que el Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones actúa en virtud de lo
establecido en el artículo 62.2, apartado g), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

cve: BOE-A-2021-4367
Verificable en https://www.boe.es

Primero.