I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Medidas tributarias, administrativas y financieras. (BOE-A-2021-4321)
Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31621
subvenciones que tienen como origen el Pacto para la recuperación económica, el
empleo y la cohesión social en Castilla y León, suscrito el 17 de junio de 2020. Se
incorpora un nuevo artículo que permita que las subvenciones incluidas en programas
estatales en materia de ahorro y eficiencia energética y energías renovables, se puedan
resolver por orden de entrada si así lo prevén las propias bases reguladoras recogidas
en los correspondientes Reales Decretos dictados por el Estado. Por último, se introduce
una modificación para regular las subvenciones para la sustitución o modificación de
instalaciones de seguridad industrial en general de más de diez años.
Se modifica la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades
Recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Se reducen las sanciones pecuniarias
en aras del principio de proporcionalidad que debe aplicarse en el régimen sancionador.
Modificación que conlleva también adecuar el órgano competente en función de la
cuantía de la sanción a imponer en el procedimiento correspondiente. Por otro lado, se
modifica la definición de «Bares especiales» con la voluntad de adecuar la realidad
fáctica al marco jurídico.
Se modifica la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de
Castilla y León. Para facilitar la concurrencia de los interesados, se disminuye la fianza
para participar en procedimientos de enajenación, de modo que se obtenga el mejor
resultado posible para la Hacienda de la Comunidad en la enajenación de inmuebles
innecesarios, vacíos y en desuso; y se amplía el plazo de las cesiones gratuitas del uso
de bienes inmuebles de la Administración General con el fin de promover la cesión de
uso de bienes patrimoniales tanto para la realización de fines públicos o de interés
social, como para la conservación y el mantenimiento de los inmuebles cedidos. Por
último, se atribuyen a la consejería competente en materia de vivienda las competencias
de gestión, administración y disposición respecto a los alojamientos protegidos, así como
respecto de aquellas viviendas que vayan a incorporarse al Parque Público de alquiler
social.
Se modifica la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal
Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, con el objetivo de dar respuesta a
una petición que las universidades de la comunidad vienen reiterando en el tiempo y que
en las circunstancias actuales de crisis sanitaria requiere más que nunca una tramitación
rápida y sin demoras. Los efectos de la pandemia han agravado la situación de la
formación universitaria en ciencias de la salud lo que justifica la necesidad de proponer
este cambio normativo que ha sido consensuado con todas las partes implicadas del
ámbito docente universitario y sanitario.
Además con ello se persigue: ofrecer claridad sobre la posibilidad de acceso a las
jefaturas de servicio y de unidad del servicio de salud de Castilla y León del personal
docente universitario con plaza vinculada tanto en su condición de funcionarios como
laborales, consolidar la carrera académico-asistencial del personal con plaza vinculada,
reforzar la cobertura de las plazas vinculadas y con ello garantizar la calidad de la
formación de los profesionales sanitarios y por último equiparar en derechos y
obligaciones del profesorado universitario de ciencias de la salud con actividad
asistencial, tanto en su condición de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios
como de personal contratado sujeto al derecho laboral tal y como establece el
artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad como los conciertos
específicos en materia docente y de investigación en ciencias de la salud entre las
universidades y la Gerencia Regional de Salud.
Se modifica la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y
León, disminuyendo y adaptando a la realidad social y económica las sanciones
tipificadas para reforzar el objeto de la ley que no es otro que la disuasión de las
conductas contrarias a la misma.
Se modifica la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad
de Castilla y León, para exceptuar el informe de la consejería competente en materia de
hacienda para las subvenciones concedidas directamente por razones que dificulten su
cve: BOE-A-2021-4321
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31621
subvenciones que tienen como origen el Pacto para la recuperación económica, el
empleo y la cohesión social en Castilla y León, suscrito el 17 de junio de 2020. Se
incorpora un nuevo artículo que permita que las subvenciones incluidas en programas
estatales en materia de ahorro y eficiencia energética y energías renovables, se puedan
resolver por orden de entrada si así lo prevén las propias bases reguladoras recogidas
en los correspondientes Reales Decretos dictados por el Estado. Por último, se introduce
una modificación para regular las subvenciones para la sustitución o modificación de
instalaciones de seguridad industrial en general de más de diez años.
Se modifica la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades
Recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Se reducen las sanciones pecuniarias
en aras del principio de proporcionalidad que debe aplicarse en el régimen sancionador.
Modificación que conlleva también adecuar el órgano competente en función de la
cuantía de la sanción a imponer en el procedimiento correspondiente. Por otro lado, se
modifica la definición de «Bares especiales» con la voluntad de adecuar la realidad
fáctica al marco jurídico.
Se modifica la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de
Castilla y León. Para facilitar la concurrencia de los interesados, se disminuye la fianza
para participar en procedimientos de enajenación, de modo que se obtenga el mejor
resultado posible para la Hacienda de la Comunidad en la enajenación de inmuebles
innecesarios, vacíos y en desuso; y se amplía el plazo de las cesiones gratuitas del uso
de bienes inmuebles de la Administración General con el fin de promover la cesión de
uso de bienes patrimoniales tanto para la realización de fines públicos o de interés
social, como para la conservación y el mantenimiento de los inmuebles cedidos. Por
último, se atribuyen a la consejería competente en materia de vivienda las competencias
de gestión, administración y disposición respecto a los alojamientos protegidos, así como
respecto de aquellas viviendas que vayan a incorporarse al Parque Público de alquiler
social.
Se modifica la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal
Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, con el objetivo de dar respuesta a
una petición que las universidades de la comunidad vienen reiterando en el tiempo y que
en las circunstancias actuales de crisis sanitaria requiere más que nunca una tramitación
rápida y sin demoras. Los efectos de la pandemia han agravado la situación de la
formación universitaria en ciencias de la salud lo que justifica la necesidad de proponer
este cambio normativo que ha sido consensuado con todas las partes implicadas del
ámbito docente universitario y sanitario.
Además con ello se persigue: ofrecer claridad sobre la posibilidad de acceso a las
jefaturas de servicio y de unidad del servicio de salud de Castilla y León del personal
docente universitario con plaza vinculada tanto en su condición de funcionarios como
laborales, consolidar la carrera académico-asistencial del personal con plaza vinculada,
reforzar la cobertura de las plazas vinculadas y con ello garantizar la calidad de la
formación de los profesionales sanitarios y por último equiparar en derechos y
obligaciones del profesorado universitario de ciencias de la salud con actividad
asistencial, tanto en su condición de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios
como de personal contratado sujeto al derecho laboral tal y como establece el
artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad como los conciertos
específicos en materia docente y de investigación en ciencias de la salud entre las
universidades y la Gerencia Regional de Salud.
Se modifica la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y
León, disminuyendo y adaptando a la realidad social y económica las sanciones
tipificadas para reforzar el objeto de la ley que no es otro que la disuasión de las
conductas contrarias a la misma.
Se modifica la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad
de Castilla y León, para exceptuar el informe de la consejería competente en materia de
hacienda para las subvenciones concedidas directamente por razones que dificulten su
cve: BOE-A-2021-4321
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67