I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas extraordinarias. (BOE-A-2021-4315)
Decreto-ley 9/2021, de 16 de febrero, de medidas extraordinarias de carácter social y en el ámbito de la cultura con motivo de la pandemia de la COVID-19 y de modificación del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Viernes 19 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 31568

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
4315

Decreto-ley 9/2021, de 16 de febrero, de medidas extraordinarias de carácter
social y en el ámbito de la cultura con motivo de la pandemia de la COVID-19
y de modificación del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas
extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo.

El artículo 67.6.a) del Estatuto prevé que los decretos ley sean promulgados, en
nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalidad.
De conformidad con lo que disponen el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008,
de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y visto el
Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del presidente de la Generalidad
de Cataluña;
De acuerdo con lo anterior, promulgo el siguiente Decreto-ley.

La crisis sanitaria derivada de la COVID-19 y la actual coyuntura económica han
generado una situación de excepcionalidad. Este Decreto ley tiene el objetivo de
establecer nuevas medidas sociales para hacer frente a la pandemia en el entorno
residencial y de los centros de día para personas mayores de la Red de Servicios
Sociales de Atención Pública de Cataluña, donde las consecuencias de la crisis sanitaria
han tenido un impacto especial.
En las últimas dos décadas, el perfil de las personas usuarias de los centros
residenciales asistidos y de los centros de día ha evolucionado (incremento de la media
de edad y la morbilidad y aumento de la complejidad y de la situación de dependencia),
por lo que las personas usuarias de estos servicios han presentado una mayor
vulnerabilidad frente a la COVID-19.
La pandemia de la COVID-19 ha producido una situación de excepcionalidad en los
centros residenciales, que durante estos meses han dado una respuesta rápida, efectiva
y modulable frente a posibles brotes. El impacto de la pandemia en estos centros ha
sobrecargado al conjunto de profesionales y ha provocado una elevada rotación por las
bajas de los profesionales de atención directa, lo cual ha dificultado y dificulta la gestión
de la respuesta a la pandemia. A raíz de este hecho se ha puesto en evidencia la
necesidad de mejorar las condiciones y el reconocimiento de estos profesionales.
La situación actual requiere el desarrollo de medidas presupuestarias para reconocer
la tarea realizada por las personas profesionales del ámbito residencial y de los centros
de día para personas mayores en los últimos años y, especialmente, en el contexto de
excepcionalidad generado por la pandemia de la COVID-19, que ha supuesto un
esfuerzo ingente desde el punto de vista humano y profesional.
Este Decreto ley da cumplimiento a varias iniciativas parlamentarias de la XII
legislatura, entre las que destaca la Resolución 849/XII del Parlamento de Cataluña,
aprobada el 10 de julio de 2020, sobre la gestión de las residencias para personas
mayores y para personas con discapacidad durante la pandemia de COVID-19
(255-00011/12), en la que formula unas reclamaciones al Gobierno de la Generalidad,
específicamente del ámbito laboral.
La Resolución 849/XII del Parlamento de Cataluña hace constar que, durante la
pandemia de la COVID-19, el sector y los profesionales del ámbito residencial han
sufrido una situación extrema en sus condiciones laborales, tras haber mostrado un
grado altísimo de compromiso y trabajo; por este motivo, para dar prestigio al sector y a
los profesionales del ámbito residencial y al conjunto del sector de atención y cuidado de

cve: BOE-A-2021-4315
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