III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-4300)
Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Tico, SL, modificación de la autorización administrativa previa así como autorización administrativa de construcción para el parque eólico Tico, las líneas eléctricas a 33 kV, la subestación a 33/220 kV, y la línea aérea a 220 kV para evacuación, situada en los términos municipales de Villar de los Navarros, Azuara y Moyuela, en la provincia de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31470

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
4300

Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Tico, SL,
modificación de la autorización administrativa previa así como autorización
administrativa de construcción para el parque eólico Tico, las líneas eléctricas
a 33 kV, la subestación a 33/220 kV, y la línea aérea a 220 kV para
evacuación, situada en los términos municipales de Villar de los Navarros,
Azuara y Moyuela, en la provincia de Zaragoza.

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió Resolución de fecha 16
de enero de 2020 por la que se otorga a Parque Eólico Tico, S.L., en adelante Parque
Eólico Tico, autorización administrativa previa para el Parque Eólico Tico de 180 MW, las
líneas eléctricas a 30 kV, la subestación a 30/220 kV, y la línea aérea a 220 kV para
evacuación, situada en los términos municipales de Villar de los Navarros, Azuara y
Moyuela, en la provincia de Zaragoza.
Parque Eólico Tico, S.L. (en adelante Parque Eólico Tico), solicitó, con fecha 31 de
julio de 2020, autorización administrativa de previa para la modificación del Parque
Eólico Tico, las líneas eléctricas a 30 kV, la subestación a 33/220 kV, y la línea aérea
a 220 kV para evacuación, así como autorización administrativa de construcción de las
instalaciones citadas.
Las modificaciones que se realizan, con respecto al proyecto tramitado para la
autorización administrativa previa, son las siguientes:

El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Zaragoza y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.

cve: BOE-A-2021-4300
Verificable en https://www.boe.es

– Modificación del tipo y número de aerogeneradores a instalar, pasando de 50
unidades del modelo de GE136 de 3,6 MW de potencia a 26 unidades de SG 3.4 - 132
de 3,65 MW y 17 unidades SG 5.0 – 132 de 5MW, ambos con una altura de buje menor
y una menor dimensión de diámetro de rotor, reduciendo por tanto de 50 a 43 el número
total de aerogeneradores.
– Modificación del acceso para el parque eólico.
– Variación de la tensión de diseño de la red de evacuación del parque, de 30 kV
a 33 kV. Asimismo, se ha reducido el número de circuitos eléctricos del parque, de 13
a 11.
– Modificación de la ubicación de la SET Villar de los Navarros.
– Ampliación de la subestación eléctrica Villar de los Navarros, de toda la aparamenta
eléctrica y la posición de trafo 220/33 kV, para permitir la evacuación de energía de dos
plantas fotovoltaicas, Tico Solar 1 de 41,7 MW y Tico Solar 2 de 28,21 MW.
– Se desplazan los apoyos n.º 2, 4, 5, 6 y 7 de la línea de evacuación de 220 kV a
las parcelas colindantes. Variando la longitud de dicha línea de 2,955 Km a 3,192 Km.