I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-4239)
Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021
Disposición final octava.

Sec. I. Pág. 31122

Entrada en vigor.

1. Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
2. La metodología de cálculo de los cargos de electricidad surtirá efectos
simultáneamente con la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución
aprobados en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de
transporte y distribución de electricidad, y en ningún caso antes del 1 de junio de 2021.
3. Las modificaciones del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, recogidas en la
disposición final tercera no surtirán efectos hasta la aplicación efectiva de la metodología
de cálculo de los cargos de electricidad, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2021.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,

cve: BOE-A-2021-4239
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TERESA RIBERA RODRÍGUEZ