I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-4239)
Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 31103

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología
de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.

El Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las
competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias
derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes
para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, respectivamente, modificó
diversos artículos de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Entre otros, modificó el artículo 3.7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
estableciendo la competencia de la Administración General del Estado para regular la
estructura de los cargos por costes regulados y de los cargos necesarios para cubrir otros
costes del sistema. En la misma línea, dicho real decreto-ley modificó el artículo 16 de la
ley, determinando que el Gobierno, previo informe de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, establecerá la estructura y la metodología de cálculo de los
cargos, mientras que la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos, aprobará los cargos.
Por su parte, la disposición final tercera del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero,
determina que antes del 1 de enero de 2020 el Gobierno, a propuesta de la persona titular
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo informe de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y previo Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, aprobará mediante real decreto las
metodologías de cálculo de los cargos que cubrirán los costes del sistema eléctrico.
Por último, en la misma disposición se establece que el Gobierno aprobará la referida
metodología con suficiente antelación respecto de su entrada en vigor y garantizará que el
impacto de su aplicación sea gradual.
En consecuencia y conforme lo anterior, el objeto de este real decreto es definir la
metodología a emplear en el cálculo anual del reparto entre los usuarios del sistema
eléctrico de la cuantía de los cargos del sistema.
En la elaboración de la metodología se han aplicado criterios de reparto que
distorsionen lo menos posible la demanda global, que sean objetivos y no discriminatorios,
aplicando los principios de transparencia en el cálculo y de simplicidad en su aplicación.
Se trata de una metodología que permite ser replicada de manera sencilla.
Se persigue, además, que la metodología esté alineada con los objetivos del Gobierno
de descarbonización de la economía, transición justa, y fomento de la competitividad de la
industria, y que contribuya a mantener la sostenibilidad económica y financiera del sistema
eléctrico.
La norma tiene como finalidad evitar una complejidad adicional en los conceptos
tarifarios. Para el diseño de la estructura de cargos, se ha asumido la misma estructura
tarifaria por niveles de tensión que la fijada por la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia en la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que establece la metodología para el cálculo de los
peajes de transporte y distribución de electricidad. Asimismo, se utilizan los mismos
componentes de facturación.
Del mismo modo, con el objetivo de acompasar las señales de precios enviadas por
los peajes e incentivar el consumo en los momentos en que las redes están menos
congestionadas, se ha optado por una estructura de cargos con discriminación horaria,

cve: BOE-A-2021-4239
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