I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Policía. (BOE-A-2021-4242)
Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifica la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra, y se establecen medidas correctoras para equilibrar la presencia de mujeres y hombres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31131
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
4242
Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifica la Ley 10/1994, de
11 de julio, de la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra, y se
establecen medidas correctoras para equilibrar la presencia de mujeres y
hombres.
El artículo 67.6.a) del Estatuto prevé que los Decreto-ley sean promulgados, en
nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008,
de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y visto el
Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del presidente de la Generalidad
de Cataluña;
De acuerdo con todo ello, promulgo el siguiente Decreto-ley.
El presente Decreto-ley establece medidas urgentes para responder al desequilibrio
entre mujeres y hombres actualmente existente en el cuerpo de Mossos d'Esquadra.
Concretamente, el Decreto-ley 40/2020, de 10 de noviembre, por el que se autoriza
la creación de 245 plazas del cuerpo de Mossos d'Esquadra, da respuesta, con carácter
de urgencia, al déficit en el que se ha visto inmersa la plantilla de la Policía de la
Generalidad–Mossos d'Esquadra, y así garantizar una prestación adecuada del servicio
público de seguridad. La solución de este déficit estructural ha requerido una nueva
medida excepcional para proceder con urgencia a la creación de nuevas plazas del
cuerpo de Mossos d'Esquadra y garantizar de este modo las necesidades de seguridad y
protección de las personas y bienes, totalmente esenciales en nuestra sociedad.
En estos momentos, y con el fin de alcanzar los objetivos antes indicados con la
máxima urgencia, se están elaborando las bases para la convocatoria mediante
oposición libre de 435 plazas de la categoría de Mosso/a de la escala básica del cuerpo
de Mossos d'Esquadra (grupo C, subgrupo C1), entre las que se incluyen las 245 nuevas
plazas creadas por el Decreto-ley 40/2020, de 10 de noviembre.
Sin embargo, también hay que señalar que el desequilibrio entre sexos en la
composición de los cuerpos policiales es un hecho recurrente que es totalmente
necesario revertir. La necesidad de disponer de una plantilla equilibrada entre mujeres y
hombres responde a la necesidad de que la policía pueda desarrollar sus funciones con
la máxima eficacia, desde la proximidad y con vocación de servicio a la ciudadanía y, al
mismo tiempo, sea un fiel reflejo y exponente de la sociedad a la que sirve. Asimismo, de
acuerdo con el artículo 41.1 del Estatuto de autonomía, los poderes públicos tienen que
garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres en el acceso al empleo.
Entre las medidas a las que se puede recurrir para garantizar un adecuado equilibrio
entre mujeres y hombres en la plantilla de los cuerpos policiales, hay que destacar
especialmente las que se focalizan en los procesos de selección, las cuales han sido
valoradas como efectivas en el ámbito europeo.
En este sentido, actualmente se encuentra en fase de elaboración el correspondiente
plan de igualdad, de conformidad con la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva
de mujeres y hombres. Sin embargo, y vista la urgencia inaplazable de la futura
convocatoria, esta será objeto de publicación antes de aprobarse el mencionado plan.
En consecuencia, mientras no se pueda implementar adecuadamente el Plan de
igualdad, y vista la necesidad inaplazable de garantizar un mayor equilibrio entre mujeres
cve: BOE-A-2021-4242
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31131
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
4242
Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifica la Ley 10/1994, de
11 de julio, de la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra, y se
establecen medidas correctoras para equilibrar la presencia de mujeres y
hombres.
El artículo 67.6.a) del Estatuto prevé que los Decreto-ley sean promulgados, en
nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008,
de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y visto el
Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del presidente de la Generalidad
de Cataluña;
De acuerdo con todo ello, promulgo el siguiente Decreto-ley.
El presente Decreto-ley establece medidas urgentes para responder al desequilibrio
entre mujeres y hombres actualmente existente en el cuerpo de Mossos d'Esquadra.
Concretamente, el Decreto-ley 40/2020, de 10 de noviembre, por el que se autoriza
la creación de 245 plazas del cuerpo de Mossos d'Esquadra, da respuesta, con carácter
de urgencia, al déficit en el que se ha visto inmersa la plantilla de la Policía de la
Generalidad–Mossos d'Esquadra, y así garantizar una prestación adecuada del servicio
público de seguridad. La solución de este déficit estructural ha requerido una nueva
medida excepcional para proceder con urgencia a la creación de nuevas plazas del
cuerpo de Mossos d'Esquadra y garantizar de este modo las necesidades de seguridad y
protección de las personas y bienes, totalmente esenciales en nuestra sociedad.
En estos momentos, y con el fin de alcanzar los objetivos antes indicados con la
máxima urgencia, se están elaborando las bases para la convocatoria mediante
oposición libre de 435 plazas de la categoría de Mosso/a de la escala básica del cuerpo
de Mossos d'Esquadra (grupo C, subgrupo C1), entre las que se incluyen las 245 nuevas
plazas creadas por el Decreto-ley 40/2020, de 10 de noviembre.
Sin embargo, también hay que señalar que el desequilibrio entre sexos en la
composición de los cuerpos policiales es un hecho recurrente que es totalmente
necesario revertir. La necesidad de disponer de una plantilla equilibrada entre mujeres y
hombres responde a la necesidad de que la policía pueda desarrollar sus funciones con
la máxima eficacia, desde la proximidad y con vocación de servicio a la ciudadanía y, al
mismo tiempo, sea un fiel reflejo y exponente de la sociedad a la que sirve. Asimismo, de
acuerdo con el artículo 41.1 del Estatuto de autonomía, los poderes públicos tienen que
garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres en el acceso al empleo.
Entre las medidas a las que se puede recurrir para garantizar un adecuado equilibrio
entre mujeres y hombres en la plantilla de los cuerpos policiales, hay que destacar
especialmente las que se focalizan en los procesos de selección, las cuales han sido
valoradas como efectivas en el ámbito europeo.
En este sentido, actualmente se encuentra en fase de elaboración el correspondiente
plan de igualdad, de conformidad con la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva
de mujeres y hombres. Sin embargo, y vista la urgencia inaplazable de la futura
convocatoria, esta será objeto de publicación antes de aprobarse el mencionado plan.
En consecuencia, mientras no se pueda implementar adecuadamente el Plan de
igualdad, y vista la necesidad inaplazable de garantizar un mayor equilibrio entre mujeres
cve: BOE-A-2021-4242
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS