I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas extraordinarias. (BOE-A-2021-4250)
Decreto-ley 10/2020, de 11 de junio, de modificación del Decreto-ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 31254

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
4250

Decreto-ley 10/2020, de 11 de junio, de modificación del Decreto-ley 4/2020,
de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras,
fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19.

Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Gobierno de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación del Decretoley 10/2020, de 11 de junio, de modificación del Decreto-ley 4/2020, de 2 de abril, de
medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para
afrontar la crisis provocada por el COVID-19, ordenando a la ciudadanía y a las
autoridades que lo cumplan y lo hagan cumplir.

El Gobierno de Canarias aprobó, en sesión celebrada el pasado día 2 de abril, el
Decreto-ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico,
financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19,
siendo modificado posteriormente mediante Decreto-ley 7/2020, de 23 de abril.
Tal y como se justifica en la exposición de motivos de dicho Decreto-ley, el mismo se
dicta ante la situación de extrema gravedad generada por la evolución del coronavirus
COVID-19, por lo que «resulta necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y
urgente de diversa índole, dando prioridad a aquellas que persigan minimizar el impacto en la
destrucción del empleo, de una manera muy especial sobre los autónomos y autónomas que
han tenido que cesar su actividad o bajar su producción de bienes y servicios.
Asimismo (en el referido Decreto ley) se adoptan medidas dirigidas a la agilización y
eficacia en la tramitación de los procedimientos administrativos, y otras medidas en
materia presupuestaria, de contratación y subvenciones, que persiguen coadyuvar a
minimizar el impacto de la crisis sanitaria y social y dar respuestas inmediatas a las
necesidades que se presenten».
La extraordinaria y grave situación derivada de la crisis sanitaria, así como las demandas
ciudadanas, exigen a los poderes públicos que se adopten medidas que den respuestas
inmediatas, ágiles y eficaces que contribuyan a paliar los graves efectos sanitarios, sociales y
económicos que se extienden con una rapidez inusitada, por lo que se hace preciso dotar al
Presupuesto de una flexibilización que se adecúe al nuevo escenario y dote al sistema
presupuestario de una agilidad de respuesta que se adapte a las nuevas circunstancias. Esa
es, precisamente, la justificación que motivó la declaración del estado de alarma y, en su
consecuencia, la adopción de numerosas disposiciones y resoluciones en todos los ámbitos
administrativos, estatales, autonómicos y locales, para tratar de paliar o atenuar sus duros
efectos personales, sociales y económicos.
Entre las medidas aprobadas, el capítulo I regula las «medidas de apoyo a
autónomos», en concreto las establecidas en el artículo 3, bajo la rúbrica «Medidas para
el sostenimiento del empleo y apoyo social», a través de ayudas que se concederán de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, atendiendo a la singularidad derivada del impacto económico.
Resulta evidente que la situación extraordinaria generada por la evolución del
COVID-19 ha determinado la adopción de diversas medidas de carácter extraordinario y
urgente por motivos de salud pública, crisis social y económica, cuya consecuencia está
teniendo un evidente impacto en la destrucción de empleo, y en la ralentización de la
actividad económica de las empresas, abocadas a una considerable disminución de su

cve: BOE-A-2021-4250
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS