III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-4223)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización del Prácticum de los títulos de Grado que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Maestro en educación infantil y de Maestro en educación primaria, y de las prácticas del Máster Universitario en profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanza de idiomas, en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de marzo de 2021

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5. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
estudiantes que realicen las prácticas, con la autorización y conocimiento del Servicio de
Inspección de la Dirección Provincial.
6. Velar porque los estudiantes que realicen las prácticas desarrollen su actividad
sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en
el presente convenio.
7. Suscribir pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor de
los estudiantes en prácticas realizadas al amparo del presente convenio, como se ha
señalado en el apartado G de la cláusula segunda.
8. La Universidad recabará de cada estudiante participante el compromiso de:
a) Aprovechar al máximo las posibilidades de aprendizaje que el centro de
prácticas le ofrezca.
b) Realizar las tareas que el centro de prácticas le encomiende dentro de los
objetivos establecidos en la convocatoria de la práctica.
c) Respetar los órganos, reglamentos y normas del centro de prácticas.
d) Respetar las condiciones de calendario, horario, lugar y actividad establecidos.
e) Mantenerse en contacto con el tutor de prácticas y el tutor académico de la
Universidad de Granada.
f) Mantener la más absoluta reserva y respetar las normas de confidencialidad
sobre las tareas que estén realizando y sobre la información que hayan obtenido y
utilizado durante su periodo de prácticas incluso una vez que estas hayan finalizado.
g) Contar con la certificación negativa del Registro Central de delincuentes
sexuales
9. En la medida en que las prácticas se realizarán en centros educativos no
universitarios debe considerase lo dispuesto en Ley 26/2015, de 28 de julio, de
modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia respecto al
acceso y ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto
habitual con menores en cuanto a la exigencia de no haber sido condenado por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Con el fin de dar
cumplimiento a esta normativa y para demostrar la ausencia de antecedentes, el
estudiante vendrá obligado a presentar a la Universidad el Certificado de Delitos de
Naturaleza Sexual. De no cumplirse este requisito el estudiante no podrá realizar las
prácticas en estas entidades.
B) Obligaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El Ministerio
de Educación y Formación Profesional, a través de sus Direcciones Provinciales en las
ciudades de Ceuta y Melilla, se compromete a:
1. Seleccionar y reconocer los centros docentes de Ceuta y Melilla sostenidos con
fondos públicos acreditados, como centros de prácticas, así como a sus docentes
acreditados, profesores tutores de prácticas, de acuerdo con la normativa existente al
efecto.
2. Facilitar a la Universidad de Granada la colaboración de los centros docentes
citados en el punto anterior para el desarrollo del Prácticum. Igualmente, los trabajos fin
de Grado y fin de Máster vinculados a este podrán ser facilitados por la Dirección
Provincial.
3. Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar el trabajo
encomendado.
4. Nombrar el tutor de docencia directa responsable del programa de formación del
estudiante y de las relaciones con el tutor académico nombrado por la Universidad. La
principal misión del tutor de docencia directa consistirá en supervisar el desempeño del
estudiante, en base al proyecto formativo establecido por la Universidad.

cve: BOE-A-2021-4223
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Núm. 65