I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Auxilio en vías públicas. (BOE-A-2021-4194)
Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Miércoles 17 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 30817

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de
auxilio en las vías públicas.

La rápida y adecuada actuación de los servicios de auxilio en vías públicas sobre los
vehículos que no pueden continuar circulando supone una importante actividad de
seguridad vial. La eliminación del obstáculo en la vía garantiza la fluidez del tráfico y una
movilidad segura y sostenible.
En la normativa sobre tráfico y seguridad vial se observa la carencia de un desarrollo
regulatorio sobre las condiciones en que realizan sus funciones los servicios de auxilio. Por
estas razones, el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible en el
año 2000 creó un grupo de trabajo denominado: «Grúas de Auxilio en Carretera» GT-42 dando
participación al sector. A partir de entonces, se ha ido desarrollando normativa al respecto,
como la modificación del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real
Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, para recoger los requisitos que deben cumplir los
vehículos destinados a las labores de rescate y transporte de vehículos averiados o
accidentados (Orden Ministerial PRE/52/2010 de 21 de enero).
Mientras tanto, en la Unión Europea se estableció el marco para la implantación de los
sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las
interfaces con otros modos de transporte con la Directiva 2010/40/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, transpuesta al ordenamiento jurídico español
mediante el Real Decreto 662/2012, de 13 de abril, por el que se establece el marco para
la implantación de los sistemas inteligentes de transporte (SIT) en el sector del transporte
por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte. Asimismo, el Reglamento
Delegado (UE) 886/2013 de la Comisión de 15 de mayo de 2013, que complementa la
referida Directiva, se focaliza en la información que se puede facilitar sobre el tráfico para
el usuario. Se establece como acción prioritaria la recopilación de datos sobre el tráfico
con carácter gratuito. El artículo 3 del Reglamento delegado cita expresamente como uno
de los incidentes en la vía sobre los que suministrar información, por su repercusión en la
seguridad vial, la presencia de obstáculos en la misma, dentro de los que sin duda están
incluidos los vehículos inmovilizados en la vía.
Es por tanto esencial, a fin de cumplir con el mandato previsto en la legislación
europea, suministrar de forma fiable información acerca de las operaciones de auxilio
y, de modo particular, tanto la localización del vehículo inmovilizado como de las
sucesivas fases de la operación de auxilio, principalmente aquella que tiene lugar
cuando se procede al rescate del vehículo, para garantizar la seguridad de todos los
usuarios de las vías.
En el año 2014 el grupo de trabajo del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y
Movilidad Sostenible elaboró un Protocolo que ha servido de base y guía para mejorar las
condiciones de seguridad en las que se llevan a cabo las operaciones de auxilio, publicado
en julio de 2015. Además, ese mismo año se publicó la hoy derogada Ley 6/2014, de 7 de
abril, por la que se modificó el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, para incluir un tercer apartado en el artículo 51, donde
se determinaba la previsión de desarrollo reglamentario de las condiciones en las que
realizarán sus funciones los servicios de auxilio en vías públicas que acudan al lugar de un
accidente o avería.
En la actualidad, en el Registro de Vehículos constan más de 3.000 titulares con 11.000
vehículos destinados a las operaciones de auxilio. La actividad de auxilio en vías públicas
supone numerosas actuaciones diarias peligrosas para los implicados en la operación y

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