II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-4158)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, en la Intervención General de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Martes 16 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 30470

cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede este ubicado en distinta
provincia.
2. Se valorará con 1,2 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta
esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de
cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede este ubicado en distinto
municipio de la misma provincia.
3. Se valorarán con 0,6 puntos aquellos supuestos no incluidos en los anteriores
apartados, en los que la plaza por la que se opta suponga una mejora de la conciliación
porque permite una mejor atención del menor o menores, comparada con la que permite
el puesto de trabajo desde el que se accede.
A efectos de valoración de los supuestos contemplados en los anteriores apartados 1
y 2, no se otorgará puntuación en aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya
un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de
servicios) en el municipio donde reside el menor o menores objeto de cuidado, aunque su
puesto de destino definitivo se encuentre en diferente municipio, sin perjuicio de la posible
valoración, en su caso, del supuesto contemplado en el apartado 3 anterior.
Se otorgará una valoración adicional de 0,6 puntos, cuando el hijo o la hija menor
objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior
al 75%.
Quien alegue acercamiento al lugar de residencia del menor deberá acreditar el
empadronamiento del menor en la localidad de forma ininterrumpida durante el año
anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,
salvo en caso de que el hijo sea menor de un año y la escolarización del hijo
correspondiente al curso actual, emitido por el centro educativo en la localidad de que se
trate, cuando se encuentre en edad escolar.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de un
familiar.
b) El cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto y se acredite fehacientemente por los interesados que el
puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. Se valorará con un máximo
de 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
a.
b.

Primer grado de consanguinidad o afinidad: 2,4 puntos.
Segundo grado de consanguinidad o afinidad: 1,8 puntos.

Se otorgará una valoración adicional de 0,6 puntos, cuando el familiar objeto de
cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 75%.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos e hijas.
No se otorgará puntuación en aquellos casos en los que el participante ocupe un
puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios)
en el municipio donde reside el familiar objeto de cuidado.

Se valorará hasta un máximo de 24 puntos la adecuación de los solicitantes a las
características y contenido de cada puesto de trabajo solicitado, de acuerdo con los
méritos específicos que se determinan en el Anexo I de la presente convocatoria.
Los conocimientos y experiencia adquiridas en las funciones de los puestos
desempeñados dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes y siempre que la experiencia sea de al menos 180
días, se valorarán hasta el máximo de puntuación señalada para cada puesto de trabajo,
de acuerdo con lo especificado en el anexo I. Se podrá tomar en consideración el nivel de

cve: BOE-A-2021-4158
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II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto.