III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-4181)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Finca Ascari (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30752
Croquis de la actuación y Hábitats de Interés Comunitario (HIC)
Vulnerabilidad del proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes:
El documento ambiental analiza, en un apartado específico, la vulnerabilidad del
proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes. Uno de los riesgos
identificados es la posibilidad de incendios forestales.
La Diputación de Málaga, en su informe, indica que todo el término municipal de
Ronda está considerado como Zona de Alto Riesgo de incendios forestales por las
importantes masas forestales existentes en la zona, y consideran que una actividad
como la evaluada puede provocar incendios en caso de accidente. Apoyan su afirmación
señalando que, en 1991, ardieron más de 10.000 ha de monte en el Parque Nacional
Sierra de las Nieves, agravado por un accidente de helicóptero de extinción.
Fundamentos de Derecho
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el
apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la
sección 2.ª del capítulo II del título II de la Ley.
Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de
evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado
de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del
informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de
impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si
por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos
efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo III de la citada norma.
cve: BOE-A-2021-4181
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30752
Croquis de la actuación y Hábitats de Interés Comunitario (HIC)
Vulnerabilidad del proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes:
El documento ambiental analiza, en un apartado específico, la vulnerabilidad del
proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes. Uno de los riesgos
identificados es la posibilidad de incendios forestales.
La Diputación de Málaga, en su informe, indica que todo el término municipal de
Ronda está considerado como Zona de Alto Riesgo de incendios forestales por las
importantes masas forestales existentes en la zona, y consideran que una actividad
como la evaluada puede provocar incendios en caso de accidente. Apoyan su afirmación
señalando que, en 1991, ardieron más de 10.000 ha de monte en el Parque Nacional
Sierra de las Nieves, agravado por un accidente de helicóptero de extinción.
Fundamentos de Derecho
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el
apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la
sección 2.ª del capítulo II del título II de la Ley.
Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de
evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado
de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del
informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de
impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si
por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos
efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo III de la citada norma.
cve: BOE-A-2021-4181
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 64