III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-4124)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., M.P., y el Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos, para la implementación de las estancias cortas de doctorandos en ciencia y tecnología para profesionales argentinos en el Reino de España del programa Bec.Ar.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Segunda.
A.
Sec. III. Pág. 30290
Obligaciones de las partes.
Del SEPIE:
1. Generar en coordinación con la Institución y con la Unidad Ejecutora los
protocolos de actuación y la hoja de ruta necesarios para la implementación del
Programa a que se refiere la cláusula primera.
2. Gestionar, de forma centralizada y oportuna, el desarrollo del Programa a que se
refiere el apartado primero de esta cláusula. SEPIE gestionará la admisión de los
alumnos en las universidades seleccionadas y pago de matrículas, la tramitación de
seguros médicos de cobertura a los becarios, la compra de billetes para el traslado de
los becarios a España y regreso a Argentina a la finalización del curso realizado y el
pago de importes para la manutención de los becarios.
B.
De la Institución:
1. Proporcionar a los becarios argentinos y a SEPIE, una carta de invitación donde
se indiquen las fechas de inicio y de fin de la estancia.
2. Acordar con el estudiante las tareas que deberán ser desarrolladas durante su
estancia.
3. Garantizar que el becario argentino designado por la Unidad Ejecutora
desarrollará una parte de su doctorado en esta institución.
4. Poner a disposición del becario un tutor para resolver los temas de índole
académico.
5. Proporcionar al SEPIE una persona de contacto que actuará como interlocutora
en todas las cuestiones administrativas y de gestión relativas a la implementación del
Programa a que se refiere la cláusula primera.
6. Proporcionar a SEPIE un informe de seguimiento de las actividades del becario
una vez finalizada su estancia.
7. La custodia del expediente de estudiante de los becarios argentinos matriculados
y el registro y expedición del título del máster cursado.
Tercera.
Financiación y pago.
1. Los ingresos y gastos se realizarán a través del concepto no presupuestario n.º
320627 del SEPIE.
2. Una vez recibidos los fondos, por parte de la Unidad Ejecutora, el SEPIE
abonará a la Institución, en concepto de estancia corta para doctorado el total
correspondiente, según lo establecido en el anexo, por importe comprendido entre 0
y 6.000 euros por becario.
3. El pago se efectuará contra presentación de factura presentada en el Registro
General de SEPIE o a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
(FACe), obligatorio en caso de que la factura supere 5.000,00 euros, en los términos
indicados en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, en
la que deberán constar los siguientes datos: Órgano Gestor: EA0020949 Oficina
Contable EA0020949: Unidad Tramitadora: EA0020949 para el resto de los casos, la
Institución enviará al SEPIE por correo postal a la calle General Oraá 55, 28006 Madrid,
una factura original (con sello y firma autorizada) donde se indiquen, de acuerdo con un
listado nominativo de becarios, los costes unitarios según las estancias cortas realizadas
y gastos de gestión para la Institución, así como el total a pagar.
cve: BOE-A-2021-4124
Verificable en https://www.boe.es
Para la adecuada implementación del Proyecto, el SEPIE realizará las
correspondientes aportaciones económicas a la institución en los siguientes términos:
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Segunda.
A.
Sec. III. Pág. 30290
Obligaciones de las partes.
Del SEPIE:
1. Generar en coordinación con la Institución y con la Unidad Ejecutora los
protocolos de actuación y la hoja de ruta necesarios para la implementación del
Programa a que se refiere la cláusula primera.
2. Gestionar, de forma centralizada y oportuna, el desarrollo del Programa a que se
refiere el apartado primero de esta cláusula. SEPIE gestionará la admisión de los
alumnos en las universidades seleccionadas y pago de matrículas, la tramitación de
seguros médicos de cobertura a los becarios, la compra de billetes para el traslado de
los becarios a España y regreso a Argentina a la finalización del curso realizado y el
pago de importes para la manutención de los becarios.
B.
De la Institución:
1. Proporcionar a los becarios argentinos y a SEPIE, una carta de invitación donde
se indiquen las fechas de inicio y de fin de la estancia.
2. Acordar con el estudiante las tareas que deberán ser desarrolladas durante su
estancia.
3. Garantizar que el becario argentino designado por la Unidad Ejecutora
desarrollará una parte de su doctorado en esta institución.
4. Poner a disposición del becario un tutor para resolver los temas de índole
académico.
5. Proporcionar al SEPIE una persona de contacto que actuará como interlocutora
en todas las cuestiones administrativas y de gestión relativas a la implementación del
Programa a que se refiere la cláusula primera.
6. Proporcionar a SEPIE un informe de seguimiento de las actividades del becario
una vez finalizada su estancia.
7. La custodia del expediente de estudiante de los becarios argentinos matriculados
y el registro y expedición del título del máster cursado.
Tercera.
Financiación y pago.
1. Los ingresos y gastos se realizarán a través del concepto no presupuestario n.º
320627 del SEPIE.
2. Una vez recibidos los fondos, por parte de la Unidad Ejecutora, el SEPIE
abonará a la Institución, en concepto de estancia corta para doctorado el total
correspondiente, según lo establecido en el anexo, por importe comprendido entre 0
y 6.000 euros por becario.
3. El pago se efectuará contra presentación de factura presentada en el Registro
General de SEPIE o a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
(FACe), obligatorio en caso de que la factura supere 5.000,00 euros, en los términos
indicados en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, en
la que deberán constar los siguientes datos: Órgano Gestor: EA0020949 Oficina
Contable EA0020949: Unidad Tramitadora: EA0020949 para el resto de los casos, la
Institución enviará al SEPIE por correo postal a la calle General Oraá 55, 28006 Madrid,
una factura original (con sello y firma autorizada) donde se indiquen, de acuerdo con un
listado nominativo de becarios, los costes unitarios según las estancias cortas realizadas
y gastos de gestión para la Institución, así como el total a pagar.
cve: BOE-A-2021-4124
Verificable en https://www.boe.es
Para la adecuada implementación del Proyecto, el SEPIE realizará las
correspondientes aportaciones económicas a la institución en los siguientes términos: