III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-4123)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y Adenda al Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas y la Secretaría de Estado de Migraciones, para la ejecución del proyecto: "Convivir sin discriminación: un enfoque basado en los derechos humanos y la dimensión de género".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30285

septiembre de 2018 según consta en la escritura de cese y nombramiento de directora y
apoderamiento, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Ignacio GilAntuñano Vizcaíno, con fecha 20 de noviembre de 2018 y bajo número cuatro mil setenta
y seis de su protocolo.
De otra parte, doña Hana Jalloul Muro, en nombre y representación de la Secretaría
de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
con domicilio en calle José Abascal, n.º 39, 28003, Madrid y CIF S2803402C, actuando
en calidad de Secretaria de Estado de la misma, en virtud del nombramiento acordado a
propuesta del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, mediante Real
Decreto 228/2020, de 29 de enero y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del 28 de enero de 2020 (BOE núm. 26, de 30 de enero).
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en
nombre de sus respectivas entidades el presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN

En consecuencia, las Partes, por acuerdo unánime, en relación al Convenio
celebrado el 15 de enero de 2018 y publicado en el BOE el 27 de abril de 2018,
acuerdan lo siguiente:
Primero.

Prórroga del Convenio.

Las Partes acuerdan prorrogar el Convenio hasta el día 23 de febrero de 2023 (fecha
de finalización del período de justificación de la acción prevista en el Convenio de
delegación UE-AECID-FIIAPP F.S.P.).

cve: BOE-A-2021-4123
Verificable en https://www.boe.es

I. Que con fecha 24 de agosto de 2017 se celebró entre la Unión Europea,
representada por la Comisión Europea, la AECID y la FIIAPP F.S.P. un Convenio de
delegación para la aplicación de la acción «Convivir sin discriminación: un enfoque
basado en los derechos humanos y la dimensión de género» en el marco del Fondo
Fiduciario de Emergencia en favor de la estabilidad y para abordar las causas profundas
de la migración irregular y en el fenómeno de las personas desplazadas en África.
II. Que con fecha 15 de enero de 2018 se celebró un Convenio entre la AECID, la
FIIAPP F.S.P. y la Secretaría General de Inmigración y Emigración (en adelante, SGIE) y
con el objetivo de implementar la acción delegada por la Unión Europea: «Convivir sin
discriminación: un enfoque basado en los derechos humanos y la dimensión de género».
Este Convenio fue publicado en el BOE el 27 de abril de 2018. La finalización de este
Convenio estaba prevista para el día 23 de febrero de 2021, fecha prevista de
finalización del período de justificación del Convenio de Delegación entre la UE, la
AECID y FIIAPP.
III. Que la SGIE interviene en virtud de las facultades atribuidas como responsable
del desarrollo «de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y
emigración» (art. 8.1 RD 703/2017, de 7 de julio, de estructura orgánica, derogado por el
RD 903/2018 y este a su vez por el RD 497/2020). Dichas facultades han sido atribuidas
a la Secretaría de Estado de Migraciones según el artículo 5.1 del Real Decreto
497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
IV. Que la UE, la AECID y la FIIAPP F.S.P. firmaron la adenda n.º 2 al Convenio de
delegación (BOE de 21 de agosto de 2020), introduciendo cambios en la acción. Esta
adenda n.º 2 amplía el plazo del proyecto hasta el 23 de agosto de 2022, iniciándose en
ese momento el período de justificación de 6 meses que finalizaría el 23 de febrero
de 2023. Para una correcta implementación del Convenio entre la AECID, la FIIAPP
F.S.P. y la SGIE (actual Secretaría de Estado de Migraciones) conviene acordar una
prórroga para adecuar el plazo del Convenio y modificar el Convenio para reflejar el resto
de cambios propuestos en la adenda n.º 2.