II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-4089)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A2), por turno libre, sector de administración especial, escala técnica media de informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 30100
Durante el proceso selectivo el órgano técnico de selección resolverá todas las dudas
que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en
los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
9.6 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de personas participantes. En este sentido, se establecerán
las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas que lo soliciten de
acuerdo con la base 3.7.
9.7 Para las comunicaciones y el resto de incidencias que puedan surgir, el órgano
técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València (av.
Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
9.8 Las personas que formen parte del órgano técnico de selección que actúe en
estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación vigente.
9.9 En ningún caso el órgano técnico de selección podrá aprobar ni declarar que ha
superado las pruebas selectivas un número de personas superior al de los puestos
convocados. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de
pleno derecho.
9.10 La presidencia del órgano técnico de selección adoptará las medidas oportunas
para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin conocimiento
de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.
Información respecto de los datos recogidos.
10.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los datos
facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información facilitada
exclusivamente por las personas aspirantes con los fines objeto de la convocatoria, así
como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Parte de los datos facilitados
serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y/o en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el Tablón Oficial
de la Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de
las reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
10.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de Archivos de la Generalitat Valenciana.
10.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento
el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su
tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los
datos, mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su
caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado de Protección de
Datos en la Universitat de València.
10.4 La Universitat de València tiene habilitada una dirección (lopd@uv.es) para
cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución amistosa
de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio del
derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.
Las políticas de privacidad de la Universitat de València pueden ser consultadas en la
dirección: http://links.uv.es/qBf2qd6.
Undécima.
Recursos.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, conforme
al artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la
cve: BOE-A-2021-4089
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 30100
Durante el proceso selectivo el órgano técnico de selección resolverá todas las dudas
que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en
los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
9.6 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de personas participantes. En este sentido, se establecerán
las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas que lo soliciten de
acuerdo con la base 3.7.
9.7 Para las comunicaciones y el resto de incidencias que puedan surgir, el órgano
técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València (av.
Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
9.8 Las personas que formen parte del órgano técnico de selección que actúe en
estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación vigente.
9.9 En ningún caso el órgano técnico de selección podrá aprobar ni declarar que ha
superado las pruebas selectivas un número de personas superior al de los puestos
convocados. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de
pleno derecho.
9.10 La presidencia del órgano técnico de selección adoptará las medidas oportunas
para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin conocimiento
de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.
Información respecto de los datos recogidos.
10.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los datos
facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información facilitada
exclusivamente por las personas aspirantes con los fines objeto de la convocatoria, así
como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Parte de los datos facilitados
serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y/o en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el Tablón Oficial
de la Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de
las reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
10.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de Archivos de la Generalitat Valenciana.
10.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento
el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su
tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los
datos, mediante escrito acompañado de copia de un documento de identidad y, en su
caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado de Protección de
Datos en la Universitat de València.
10.4 La Universitat de València tiene habilitada una dirección (lopd@uv.es) para
cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución amistosa
de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin perjuicio del
derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.
Las políticas de privacidad de la Universitat de València pueden ser consultadas en la
dirección: http://links.uv.es/qBf2qd6.
Undécima.
Recursos.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, conforme
al artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la
cve: BOE-A-2021-4089
Verificable en https://www.boe.es
Décima.