III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-4121)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 15 de enero de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30277

deducción por la sobrepesca de 2009 a España correspondiente al año 2021 (5.544
toneladas).
En base a este nuevo porcentaje, se ha modificado recientemente la Resolución
de 15 de enero de 2021 de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las
cuotas iniciales para 2021, disponibles por modalidad o censo para las distintas especies
contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros
nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de
fondo que faenan en aguas de Portugal (pendiente de publicación). Así, la cuota de
caballa asignada a otros artes distintos de arrastre y cerco se eleva en este momento
a 9.121.262 Kg, cifra que no incluye la flexibilidad interanual generada en 2020, para ser
usada en 2021.
De esa cantidad, 1.126.202,22 Kg, corresponden a los barcos de otras artes distintas
al arrastre y al cerco, con puerto base en la provincia de Guipúzcoa y 2.710.291,79 Kg. a
los barcos de otras artes distintas al arrastre y al cerco, con puerto base en la provincia
de Vizcaya, según los porcentajes de 12,347% y 29,714% asignados a Guipúzcoa y
Vizcaya respectivamente, en base al artículo 2.9.a) de la orden AAA/2534/2015, de 17 de
noviembre. Añadiendo la flexibilidad interanual correspondiente a 2020 para usar
en 2021 por los barcos con puerto base en ambas provincias, de 722.653 Kg., procede
una asignación de cuota que asciende a una cantidad de 4.559.146,74 Kg.
En virtud de lo anterior, procede modificar la Resolución de 15 de enero de 2021, de
la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación
de la pesquería de la caballa de las zonas 8c y 9a para los buques de otras artes
distintas de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste, con puerto base en las
provincias de Vizcaya y Guipúzcoa, para corregir la cuota provisional asignada en dicha
Resolución. Por tanto esta Secretaría General de Pesca, oído el sector, resuelve:
La cuota inicial de caballa en 2021 para los barcos objeto de esta Resolución es
de 4.559.146,74 Kg.

cve: BOE-A-2021-4121
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 4 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X