III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-4121)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 15 de enero de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30276
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 15 de enero de 2021, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de
Guipúzcoa y Vizcaya.
La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, que establece un Plan de gestión
para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste,
determina en su artículo 2 apartado 9, artículo 6 y artículo 7 apartado 4, que la cuota de
caballa para los barcos de otros artes distintos de arrastre y cerco se reparte por
provincias, para los buques de dichas provincias y con control anual.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que
hacen uso de las mismas, modificó entre otras la Orden AAA/2534/2015.
En concreto, el artículo 2 apartado 7 fue modificado, señalando que el inicio de la
pesquería dirigida de caballa para la modalidad de otras artes distintas de arrastre y
cerco y para las distintas provincias se establecerá cada año, oído el sector, mediante
Resolución de la Secretaría General de Pesca. Además, la Resolución podrá establecer
los buques autorizados al cambio de modalidad y topes de captura a los buques
participantes en la pesquería por kilos. También en la citada Resolución se deberá
establecer una cantidad destinada a captura dirigida y otra cantidad destinada para
captura accesoria dentro del total provincial, para garantizar la disponibilidad de cuota de
captura accesoria en otras pesquerías no dirigidas a la caballa y en las posibles capturas
que se pudieran realizar antes del comienzo de la pesquería dirigida.
El pasado 1 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 15 de enero de 2021,
de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de
ordenación de la pesquería de la caballa de las zonas 8c y 9a para los buques de otras
artes distintas de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste. En dicha
Resolución se establecía el inicio de la pesquería de caballa para la campaña de 2021 a
las 00:00 del 1 de enero de 2021, únicamente para las capturas accesorias, para todos
los barcos de otras artes distintos de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste, con
independencia de la provincia en que cada barco tenga su puerto base.
También el 1 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 15 de enero de 2021,
de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación
de la pesquería de la caballa de las zonas 8c y 9a para los buques de otras artes distintas
de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste, con puerto base en las provincias
de Vizcaya y Guipúzcoa. Mediante esta Resolución se establecía el inicio de la pesquería
dirigida para la campaña de 2021 a las 00:00 horas del día 18 de enero de 2021, para los
buques de otras artes distintas de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste, con
puerto base en las provincias de Vizcaya y Guipúzcoa, a la vez que se establecía la cuota
provisional de caballa en 2021 para los barcos objeto de dicha Resolución, como suma de
las cuotas de las 2 provincias, en un total de 2.612.023 kg.
Las últimas negociaciones con la Comisión Europea y el Consejo, con el fin de
conseguir una mayor asignación de caballa para España para el primer trimestre
de 2021, han dado como resultado la elevación del porcentaje respecto al TAC 2020
inicialmente asignado en el Consejo de Ministros de diciembre 2020, del 65% al 72%, y
la posibilidad de no aplicar, en este momento pero de manera sólo provisional, la
cve: BOE-A-2021-4121
Verificable en https://www.boe.es
4121
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30276
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 15 de enero de 2021, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de
Guipúzcoa y Vizcaya.
La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, que establece un Plan de gestión
para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste,
determina en su artículo 2 apartado 9, artículo 6 y artículo 7 apartado 4, que la cuota de
caballa para los barcos de otros artes distintos de arrastre y cerco se reparte por
provincias, para los buques de dichas provincias y con control anual.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que
hacen uso de las mismas, modificó entre otras la Orden AAA/2534/2015.
En concreto, el artículo 2 apartado 7 fue modificado, señalando que el inicio de la
pesquería dirigida de caballa para la modalidad de otras artes distintas de arrastre y
cerco y para las distintas provincias se establecerá cada año, oído el sector, mediante
Resolución de la Secretaría General de Pesca. Además, la Resolución podrá establecer
los buques autorizados al cambio de modalidad y topes de captura a los buques
participantes en la pesquería por kilos. También en la citada Resolución se deberá
establecer una cantidad destinada a captura dirigida y otra cantidad destinada para
captura accesoria dentro del total provincial, para garantizar la disponibilidad de cuota de
captura accesoria en otras pesquerías no dirigidas a la caballa y en las posibles capturas
que se pudieran realizar antes del comienzo de la pesquería dirigida.
El pasado 1 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 15 de enero de 2021,
de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de
ordenación de la pesquería de la caballa de las zonas 8c y 9a para los buques de otras
artes distintas de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste. En dicha
Resolución se establecía el inicio de la pesquería de caballa para la campaña de 2021 a
las 00:00 del 1 de enero de 2021, únicamente para las capturas accesorias, para todos
los barcos de otras artes distintos de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste, con
independencia de la provincia en que cada barco tenga su puerto base.
También el 1 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 15 de enero de 2021,
de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación
de la pesquería de la caballa de las zonas 8c y 9a para los buques de otras artes distintas
de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste, con puerto base en las provincias
de Vizcaya y Guipúzcoa. Mediante esta Resolución se establecía el inicio de la pesquería
dirigida para la campaña de 2021 a las 00:00 horas del día 18 de enero de 2021, para los
buques de otras artes distintas de arrastre y cerco del caladero Cantábrico y Noroeste, con
puerto base en las provincias de Vizcaya y Guipúzcoa, a la vez que se establecía la cuota
provisional de caballa en 2021 para los barcos objeto de dicha Resolución, como suma de
las cuotas de las 2 provincias, en un total de 2.612.023 kg.
Las últimas negociaciones con la Comisión Europea y el Consejo, con el fin de
conseguir una mayor asignación de caballa para España para el primer trimestre
de 2021, han dado como resultado la elevación del porcentaje respecto al TAC 2020
inicialmente asignado en el Consejo de Ministros de diciembre 2020, del 65% al 72%, y
la posibilidad de no aplicar, en este momento pero de manera sólo provisional, la
cve: BOE-A-2021-4121
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