III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-4131)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30329
que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición
adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, y de acuerdo, además, con lo
previsto en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de
diciembre. Si bien el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas
urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia («BOE» del 5), establece
una bonificación del cien por cien de las cuotas de la Seguridad Social para los
estudiantes que realicen prácticas curriculares remuneradas (disposición adicional
vigesimoquinta), la cotización a la Seguridad Social se efectuará en todo caso de
acuerdo con lo previsto en las disposiciones de desarrollo de la citada Disposición
Adicional Quinta del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre.
La cotización a la Seguridad Social se efectuará aplicando las reglas de cotización
correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje (con exclusión de la
cotización por desempleo, formación profesional y FOGASA). La cuantía en el año 2021
es 56,90 euros mensuales, de los que 48,41 euros corren a cargo de la CHJ (42.56 por
contingencias comunes y 5.85 por contingencias profesionales) y 8,49 a cargo del
estudiante (por contingencias comunes). Se considerará un posible incremento futuro en
torno al 2% anual en la cuantía a abonar por parte de la CHJ.
El importe máximo de las obligaciones que pueda asumir la CHJ, considerando los
cuatro años de duración del Convenio, es de 136.800 €. El importe máximo de las
obligaciones por cotización a la Seguridad Social a cargo de la CHJ, es de 11.729,53 €.
Dicho compromiso económico por un importe total de 148.529,53 € se imputará a la
partida presupuestaria 452 A 482 con la siguiente distribución de anualidades:
Año
G)
Limite LGP N.º prácticas Coste estudiantes
S. Social
Total anualidad
2021 51.030,00
10,00
36.000,00
2.977,22
38.977,22
2022 43.740,00
10,00
36.000,00
3.051,65
39.051,65
2023 36.450,00
9,00
32.400,00
2.815,14
35.215,14
2024 36.450,00
9,00
32.400,00
2.885,52
35.285,52
136.800,00 11.729,53
148.529,53
Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
La UPV subscribirá una póliza de accidentes de trabajo y de responsabilidad civil
para el estudiante. La cobertura de asistencia sanitaria alcanza a aquellas prácticas que,
dado su perfil, no deban estar cubiertas por la seguridad social.
Régimen jurídico-laboral.
La participación de la CHJ en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio. Dado el carácter
formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar, en ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de
trabajo.
La CHJ no adquiere frente al estudiante ninguna obligación contractual en el ámbito
laboral. Las prácticas académicas no podrán suponer, en ningún caso, el ejercicio de
funciones, tareas o competencias correspondientes al personal funcionario o personal
laboral de la Administración General del Estado. La realización de las prácticas
académicas no tendrá en ningún caso la consideración de servicios previos ni de
servicios efectivos. Como consecuencia de ello, en el ámbito de las Administraciones
Públicas, Entidades de Derecho Público y demás Organismos Públicos, la realización en
los mismos de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de
mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o
reconocimiento de servicios previos.
cve: BOE-A-2021-4131
Verificable en https://www.boe.es
H)
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30329
que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición
adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, y de acuerdo, además, con lo
previsto en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de
diciembre. Si bien el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas
urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia («BOE» del 5), establece
una bonificación del cien por cien de las cuotas de la Seguridad Social para los
estudiantes que realicen prácticas curriculares remuneradas (disposición adicional
vigesimoquinta), la cotización a la Seguridad Social se efectuará en todo caso de
acuerdo con lo previsto en las disposiciones de desarrollo de la citada Disposición
Adicional Quinta del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre.
La cotización a la Seguridad Social se efectuará aplicando las reglas de cotización
correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje (con exclusión de la
cotización por desempleo, formación profesional y FOGASA). La cuantía en el año 2021
es 56,90 euros mensuales, de los que 48,41 euros corren a cargo de la CHJ (42.56 por
contingencias comunes y 5.85 por contingencias profesionales) y 8,49 a cargo del
estudiante (por contingencias comunes). Se considerará un posible incremento futuro en
torno al 2% anual en la cuantía a abonar por parte de la CHJ.
El importe máximo de las obligaciones que pueda asumir la CHJ, considerando los
cuatro años de duración del Convenio, es de 136.800 €. El importe máximo de las
obligaciones por cotización a la Seguridad Social a cargo de la CHJ, es de 11.729,53 €.
Dicho compromiso económico por un importe total de 148.529,53 € se imputará a la
partida presupuestaria 452 A 482 con la siguiente distribución de anualidades:
Año
G)
Limite LGP N.º prácticas Coste estudiantes
S. Social
Total anualidad
2021 51.030,00
10,00
36.000,00
2.977,22
38.977,22
2022 43.740,00
10,00
36.000,00
3.051,65
39.051,65
2023 36.450,00
9,00
32.400,00
2.815,14
35.215,14
2024 36.450,00
9,00
32.400,00
2.885,52
35.285,52
136.800,00 11.729,53
148.529,53
Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
La UPV subscribirá una póliza de accidentes de trabajo y de responsabilidad civil
para el estudiante. La cobertura de asistencia sanitaria alcanza a aquellas prácticas que,
dado su perfil, no deban estar cubiertas por la seguridad social.
Régimen jurídico-laboral.
La participación de la CHJ en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio. Dado el carácter
formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar, en ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de
trabajo.
La CHJ no adquiere frente al estudiante ninguna obligación contractual en el ámbito
laboral. Las prácticas académicas no podrán suponer, en ningún caso, el ejercicio de
funciones, tareas o competencias correspondientes al personal funcionario o personal
laboral de la Administración General del Estado. La realización de las prácticas
académicas no tendrá en ningún caso la consideración de servicios previos ni de
servicios efectivos. Como consecuencia de ello, en el ámbito de las Administraciones
Públicas, Entidades de Derecho Público y demás Organismos Públicos, la realización en
los mismos de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de
mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o
reconocimiento de servicios previos.
cve: BOE-A-2021-4131
Verificable en https://www.boe.es
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