III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-4113)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Guardia Civil y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la obtención de publicidad formal de los registros y la consulta de la titularidad real de sociedades mercantiles a través del Registro Mercantil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30220

Ambos intervinientes se reconocen mutuamente la capacidad legal y la
representación necesarias para el otorgamiento del presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a través
de los Registros de la Propiedad y Mercantiles, en su intención de favorecer el interés
público y su vocación de servicio a la sociedad, ha procedido a establecer un sistema
telemático de consulta a los Registradores sobre la situación registral de los inmuebles y
de las entidades inscritas.
Segundo.
Que la Dirección General de la Guardia Civil está interesada en realizar peticiones de
información registral, a través de Internet, utilizando la web de los Registradores de
España, para su uso por las diferentes Unidades de la Guardia Civil en el ejercicio de
sus funciones.
Tercero.
Que la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de
mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el
blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, en su artículo 30.3 establece que
«Los Estados miembros se asegurarán de que la información (…) sobre la titularidad real
se conserve en un registro central en cada Estado miembro, por ejemplo un registro
mercantil o un registro de sociedades (…) o en un registro público».
Cuarto.
La Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos
modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los
sujetos obligados a su publicación tiene como principal novedad el documento que lleva
por rúbrica «Declaración de identificación del titular real» mediante el cual, las
sociedades mercantiles deben identificar ante el Registro Mercantil la titularidad real de
las mismas.

El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España es, según se
establece en el RD 483/1997 de 14 de abril por el que se aprueban sus Estatutos, una
Corporación de Derecho público amparada por la ley, reconocida por el Estado, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad, que tiene entre sus fines los de coordinar
el ejercicio de la actividad profesional de los Registradores, velando por la ética y
dignidad profesional y por el correcto ejercicio de sus funciones y procurar con todos los
medios a su alcance la permanente mejora de las actividades profesionales de los
Registradores, promoviendo las medidas que sean necesarias para su progreso y
colaborando con Administraciones e Instituciones Públicas en beneficio del interés
general.
Sexto.
La Guardia Civil, en el marco de las competencias que tiene atribuidas por la Ley
Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y para la
adecuada ejecución de estas, requiere un acceso ágil y eficiente para la consulta de las
titularidades reales de las entidades inscritas en el Registro Mercantil en el ámbito de la

cve: BOE-A-2021-4113
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.