III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-4118)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Real Academia de la Gastronomía, para la promoción internacional de la gastronomía española.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30267
propuestas para impulsar la colaboración con Escuelas Culinarias Internacionales que
permitan la difusión de la cultura gastronómica española.
c) Aportación a ICEX de las notas de prensa que elabore sobre la gastronomía
española, pudiendo ICEX traducirlas y difundirlas a través del portal
www.foodswinesfromspain.es y toda su arquitectura de redes sociales. La RAG permitirá
también a ICEX el acceso a su archivo fotográfico para su difusión a través del portal
anteriormente mencionado.
De acuerdo con lo indicado, ICEX tendrá derecho a la reproducción total de los citados
materiales, así como también a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y
fotografías de las producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que le
son propias, tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos
nacionales o extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo
incluirlos en cualesquiera de sus webs corporativas, en cualquier publicación audiovisual,
impresa o multimedia propia, sin límite temporal ni geográfico y podrá utilizarlo en
actuaciones de carácter educativo y de divulgación, sin límite temporal o geográfico. En este
sentido, la RAG se compromete a recabar de los interesados que resulten oportunos las
autorizaciones o consentimientos que procedan relativas a las fotografías e imágenes que
se tomen en el marco de las actividades del presente Convenio.
En relación con lo anterior, se establece asimismo que la RAG asumirá como propia
cualquier reclamación que, por motivos de propiedad intelectual, protección de datos
personales o derechos de imagen pudiera generarse con motivo de la publicación de
tales documentos, quedando ICEX exonerado de cualquier responsabilidad. En el
material aportado por la RAG, y publicado por ICEX, figurará en todo caso como autor el
primero, sin que ICEX pueda hacer uso del mismo, fuera de los supuestos indicados, sin
la autorización previa y por escrito de la RAG.
2.2
Obligaciones de ICEX.
a) Permitir a la RAG el uso del archivo documental propio PIXS OF SPAIN de ICEX.
Las condiciones de uso de estos contenidos son las reguladas en la cláusula Cuarta,
apartado 2, siguiente.
b) Invitar a la RAG a las reuniones del Consejo de redacción del Portal
www.FoodsWinesFromSpain.com
c) Difundir las actividades internacionales de la RAG a través de su arquitectura de
portales www.icex.es y www.FoodsWinesFromSpain.com
d) Dar visibilidad internacional a la RAG en los diferentes reportajes y productos
audiovisuales que produzca, con el objetivo de incrementar su notoriedad y su
proyección internacional.
Tercera.
Compromiso económico.
Las Partes no asumen en virtud del presente Convenio compromisos económicos.
4.1
Propiedad intelectual y visibilidad en las actividades.
Uso conjunto de los respectivos signos distintivos y visibilidad.
En las actividades que se realicen en el marco del presente Convenio, las Partes
incluirán el logotipo de ambas y mencionarán que dicha actividad es resultado de la
colaboración entre ambas en todas sus acciones de comunicación interna o externa
(notas de prensa, página web, redes sociales, etc.).
Ambas Partes se otorgan, durante la vigencia del presente Convenio y en relación con las
actuaciones que se lleven a cabo en el marco del mismo, una autorización mutua para utilizar
sus logotipos y marcas. Ambas Partes podrán utilizar estos logotipos y marcas únicamente en
colaboraciones que tengan como finalidad el objeto del presente Convenio, de modo acorde
cve: BOE-A-2021-4118
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 63
Lunes 15 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30267
propuestas para impulsar la colaboración con Escuelas Culinarias Internacionales que
permitan la difusión de la cultura gastronómica española.
c) Aportación a ICEX de las notas de prensa que elabore sobre la gastronomía
española, pudiendo ICEX traducirlas y difundirlas a través del portal
www.foodswinesfromspain.es y toda su arquitectura de redes sociales. La RAG permitirá
también a ICEX el acceso a su archivo fotográfico para su difusión a través del portal
anteriormente mencionado.
De acuerdo con lo indicado, ICEX tendrá derecho a la reproducción total de los citados
materiales, así como también a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y
fotografías de las producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que le
son propias, tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos
nacionales o extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo
incluirlos en cualesquiera de sus webs corporativas, en cualquier publicación audiovisual,
impresa o multimedia propia, sin límite temporal ni geográfico y podrá utilizarlo en
actuaciones de carácter educativo y de divulgación, sin límite temporal o geográfico. En este
sentido, la RAG se compromete a recabar de los interesados que resulten oportunos las
autorizaciones o consentimientos que procedan relativas a las fotografías e imágenes que
se tomen en el marco de las actividades del presente Convenio.
En relación con lo anterior, se establece asimismo que la RAG asumirá como propia
cualquier reclamación que, por motivos de propiedad intelectual, protección de datos
personales o derechos de imagen pudiera generarse con motivo de la publicación de
tales documentos, quedando ICEX exonerado de cualquier responsabilidad. En el
material aportado por la RAG, y publicado por ICEX, figurará en todo caso como autor el
primero, sin que ICEX pueda hacer uso del mismo, fuera de los supuestos indicados, sin
la autorización previa y por escrito de la RAG.
2.2
Obligaciones de ICEX.
a) Permitir a la RAG el uso del archivo documental propio PIXS OF SPAIN de ICEX.
Las condiciones de uso de estos contenidos son las reguladas en la cláusula Cuarta,
apartado 2, siguiente.
b) Invitar a la RAG a las reuniones del Consejo de redacción del Portal
www.FoodsWinesFromSpain.com
c) Difundir las actividades internacionales de la RAG a través de su arquitectura de
portales www.icex.es y www.FoodsWinesFromSpain.com
d) Dar visibilidad internacional a la RAG en los diferentes reportajes y productos
audiovisuales que produzca, con el objetivo de incrementar su notoriedad y su
proyección internacional.
Tercera.
Compromiso económico.
Las Partes no asumen en virtud del presente Convenio compromisos económicos.
4.1
Propiedad intelectual y visibilidad en las actividades.
Uso conjunto de los respectivos signos distintivos y visibilidad.
En las actividades que se realicen en el marco del presente Convenio, las Partes
incluirán el logotipo de ambas y mencionarán que dicha actividad es resultado de la
colaboración entre ambas en todas sus acciones de comunicación interna o externa
(notas de prensa, página web, redes sociales, etc.).
Ambas Partes se otorgan, durante la vigencia del presente Convenio y en relación con las
actuaciones que se lleven a cabo en el marco del mismo, una autorización mutua para utilizar
sus logotipos y marcas. Ambas Partes podrán utilizar estos logotipos y marcas únicamente en
colaboraciones que tengan como finalidad el objeto del presente Convenio, de modo acorde
cve: BOE-A-2021-4118
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.