III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Transportes terrestres. (BOE-A-2021-3977)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se convocan pruebas de constatación de la competencia profesional, para el ejercicio de las actividades de transporte por carretera, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29316
Sexta. Fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios.
La determinación de la fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios para la
constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de
transporte por carretera a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se
comunicarán en fecha posterior.
Contra la presente Resolución de convocatoria, que no pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Director General de Transporte
Terrestre o ante la Secretaria General de Transportes y Movilidad, órgano competente
para resolverlo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en los
artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 8 de marzo de 2021.–El Director General de Transporte Terrestre, Jaime
Moreno García-Cano.
cve: BOE-A-2021-3977
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 29316
Sexta. Fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios.
La determinación de la fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios para la
constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de
transporte por carretera a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se
comunicarán en fecha posterior.
Contra la presente Resolución de convocatoria, que no pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Director General de Transporte
Terrestre o ante la Secretaria General de Transportes y Movilidad, órgano competente
para resolverlo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en los
artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 8 de marzo de 2021.–El Director General de Transporte Terrestre, Jaime
Moreno García-Cano.
cve: BOE-A-2021-3977
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62