II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-3957)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo, en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 29197

Además de los puestos vacantes, también podrán solicitarse, en concepto de
resultas, los que se encuentran ocupados de forma definitiva y que puedan quedar
vacantes y que figuran en el anexo I-B.
Todos los puestos que pueden solicitarse, tanto vacantes iniciales como puestos
ocupados de forma definitiva que puedan ser objeto de adjudicación en los términos
indicados en los epígrafes anteriores, aparecen identificados en los anexos I-A y I-B.
Para su identificación en la solicitud de participación en el concurso, bastará indicar,
según la preferencia interesada, el número de orden en que aparecen relacionados los
puestos en los citados anexos I-A y I-B.
3. Los funcionarios y funcionarias con destino definitivo sólo podrán participar si en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido dos
años desde la toma de posesión en el último puesto de trabajo obtenido, salvo que estén
destinados en el Sistema de Inspección, o si ha sido suprimido su puesto de trabajo.
Se entiende por puestos del Sistema de Inspección para los funcionarios y
funcionarias del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, todos
aquellos que sólo pueden ser desempeñados por funcionarios y funcionarias del
mencionado Cuerpo, o los que se desempeñen en dependencia directa de la Autoridad
Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o de la Dirección General de la
Inspección de Trabajo de Cataluña o de la Dirección de Trabajo del Gobierno Vasco.
4. Los funcionarios y funcionarias en situación de servicios especiales con derecho
a reserva de puesto o excedencia para el cuidado de familiares, durante el período de
excedencia, sólo podrán participar si, en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, han transcurrido dos años desde la toma de posesión en el
último destino definitivo obtenido, salvo que estén destinados en el Sistema de
Inspección.
5. Los funcionarios y funcionarias en situación de excedencia voluntaria por interés
particular o en excedencia voluntaria por agrupación familiar sólo podrán participar si en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido dos
años desde que fueron declarados en dicha situación.
6. Los funcionarios y funcionarias en servicio activo con destino provisional, salvo
que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el presente
concurso, si se convoca el puesto que ocupan provisionalmente.
Segunda. Valoración de méritos.
La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se
efectuará con arreglo al siguiente baremo:
1. Méritos específicos: adecuados a las características del puesto de trabajo: Dada
la uniformidad de las funciones de todos los puestos de Inspector/Inspectora de Trabajo
y Seguridad Social, niveles 26 y 27, dentro de la Inspección de Trabajo, no se valorarán
los mismos.
2. Grado personal consolidado: La valoración máxima es de 2 puntos.
– Por estar en posesión de grado personal consolidado de nivel 26 o 27: 1,90
puntos.
– Por estar en posesión de grado personal consolidado de nivel 28: 1,95 puntos.
– Por estar en posesión de grado personal consolidado de nivel 29 o 30: 2,00
puntos.
A los solos efectos de la puntuación por este mérito, los Inspectores o Inspectoras
que en el momento de la presentación de la solicitud estén ocupando un puesto de
Inspector/a en la Inspección de Trabajo del País Vasco (ITPV), se les asignará la
siguiente puntuación:
– Por estar en posesión de grado personal consolidado de nivel 21 a 27: 1,90
puntos.

cve: BOE-A-2021-3957
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Núm. 62