III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2021-3905)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Fundación Estatal para la formación en el empleo, como entidad colaboradora en el ámbito de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28798
Colaboración y apoyo técnico de la Fundación en el desarrollo de proyectos
promovidos por la Unión Europea, y la OCDE y otros organismos internacionales, en
especial la OIT y Cinterfor.
Organización de seminarios y jornadas de reflexión.
Promoción de proyectos en el marco europeo o latinoamericano.
Decimoctava.
Otras actuaciones en relación con los fines del Convenio.
En el marco de lo previsto en el actual Convenio, las partes podrán convenir la
realización de otro tipo de actividades en el marco de sus competencias, especialmente
en el ámbito de lo que pudieran solicitar otras administraciones públicas distintas de la
AGE, las organizaciones empresariales y sindicales presentes en la Comisión Estatal de
Formación para el Empleo, las representadas en el Patronato de la Fundación y las
organizaciones intersectoriales representativas de autónomos, las entidades de la
economía social y las estructuras paritarias sectoriales.
A tal efecto, se podrán poner en marcha iniciativas o proyectos que tengan como
objetivo facilitar y poner a disposición de trabajadores y entidades programas que den
respuesta a las nuevas necesidades formativas, especialmente a las provenientes del
proceso de cambio tecnológico, digital y productivo.
Estos programas facilitarán formación para la cualificación de las personas en los
diferentes sectores y ámbitos, y medidas y herramientas para que las entidades cubran
las necesidades derivadas de los procesos de cambio que están teniendo lugar con la
finalidad de evitar nuevas brechas (entre otros, cursos de formación, guías para impulsar
la presencia on-line de las empresas, webinars o charlas on-line de expertos, apoyo de
mentores y programas de acompañamiento para empresas y emprendedores, paquetes
de herramientas de digitalización).
Por otra parte, la Fundación podrá apoyar, con cargo a su presupuesto, las
actividades de difusión y extensión del Sistema de Formación Profesional para el Empleo
en el ámbito laboral que realicen las organizaciones empresariales y sindicales
presentes en la Comisión Estatal de Formación para el Empleo.
Finalmente, la Fundación podrá apoyar en cualesquiera otras actuaciones tendentes
a un mejor desarrollo y eficacia de los fines del presente Convenio que le sean
encargadas por el SEPE.
Decimonovena.
Programas de formación para el ámbito rural.
La Fundación colaborará con el SEPE en las actividades de formación derivadas del
Programa de Fomento de Empleo Agrario, especialmente en las dirigidas a la
potenciación de la mujer en el ámbito rural.
Vigésima.
Expediente laboral personalizado y carpeta individualizada de formación.
También prestará su apoyo la Fundación en el desarrollo tecnológico del expediente
laboral personalizado único (en el que se integren los datos históricos de la situación
laboral de las personas) y en el desarrollo de la Carpeta individualizada de formación
que contenga la actividad formativa de cada persona trabajadora.
Confidencialidad y protección de datos.
El SEPE y la Fundación se comprometen a respetar el carácter de confidencialidad
de las informaciones y datos a los que tengan acceso en virtud de su actividad,
obligándose a cumplir los preceptos contenidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 antes citado y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
cve: BOE-A-2021-3905
Verificable en https://www.boe.es
Vigesimoprimera.
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28798
Colaboración y apoyo técnico de la Fundación en el desarrollo de proyectos
promovidos por la Unión Europea, y la OCDE y otros organismos internacionales, en
especial la OIT y Cinterfor.
Organización de seminarios y jornadas de reflexión.
Promoción de proyectos en el marco europeo o latinoamericano.
Decimoctava.
Otras actuaciones en relación con los fines del Convenio.
En el marco de lo previsto en el actual Convenio, las partes podrán convenir la
realización de otro tipo de actividades en el marco de sus competencias, especialmente
en el ámbito de lo que pudieran solicitar otras administraciones públicas distintas de la
AGE, las organizaciones empresariales y sindicales presentes en la Comisión Estatal de
Formación para el Empleo, las representadas en el Patronato de la Fundación y las
organizaciones intersectoriales representativas de autónomos, las entidades de la
economía social y las estructuras paritarias sectoriales.
A tal efecto, se podrán poner en marcha iniciativas o proyectos que tengan como
objetivo facilitar y poner a disposición de trabajadores y entidades programas que den
respuesta a las nuevas necesidades formativas, especialmente a las provenientes del
proceso de cambio tecnológico, digital y productivo.
Estos programas facilitarán formación para la cualificación de las personas en los
diferentes sectores y ámbitos, y medidas y herramientas para que las entidades cubran
las necesidades derivadas de los procesos de cambio que están teniendo lugar con la
finalidad de evitar nuevas brechas (entre otros, cursos de formación, guías para impulsar
la presencia on-line de las empresas, webinars o charlas on-line de expertos, apoyo de
mentores y programas de acompañamiento para empresas y emprendedores, paquetes
de herramientas de digitalización).
Por otra parte, la Fundación podrá apoyar, con cargo a su presupuesto, las
actividades de difusión y extensión del Sistema de Formación Profesional para el Empleo
en el ámbito laboral que realicen las organizaciones empresariales y sindicales
presentes en la Comisión Estatal de Formación para el Empleo.
Finalmente, la Fundación podrá apoyar en cualesquiera otras actuaciones tendentes
a un mejor desarrollo y eficacia de los fines del presente Convenio que le sean
encargadas por el SEPE.
Decimonovena.
Programas de formación para el ámbito rural.
La Fundación colaborará con el SEPE en las actividades de formación derivadas del
Programa de Fomento de Empleo Agrario, especialmente en las dirigidas a la
potenciación de la mujer en el ámbito rural.
Vigésima.
Expediente laboral personalizado y carpeta individualizada de formación.
También prestará su apoyo la Fundación en el desarrollo tecnológico del expediente
laboral personalizado único (en el que se integren los datos históricos de la situación
laboral de las personas) y en el desarrollo de la Carpeta individualizada de formación
que contenga la actividad formativa de cada persona trabajadora.
Confidencialidad y protección de datos.
El SEPE y la Fundación se comprometen a respetar el carácter de confidencialidad
de las informaciones y datos a los que tengan acceso en virtud de su actividad,
obligándose a cumplir los preceptos contenidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 antes citado y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
cve: BOE-A-2021-3905
Verificable en https://www.boe.es
Vigesimoprimera.