III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-3902)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Delegación en España de la Fundación British Council y el Gobierno de Aragón, para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Viernes 12 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28758

resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
En cuanto a los procedimientos y los efectos de la resolución del Convenio se
atenderá a lo estipulado en los artículos 51 y 52 de la mencionada Ley.
Decimotercera.

Confidencialidad.

Las partes se comprometen a limitar el acceso a la información que pueda generarse
en las actividades objeto del Convenio y a las que pudieran tener accesos terceros. Los
datos que sean intercambiados en ejecución del mismo por las partes, no podrán ser
usados para otro destino distinto a la ejecución del objeto del presente Convenio. Por
ello, las partes acuerdan mantener la más estricta confidencialidad de la mencionada
información, de dichos datos y su tratamiento.
Se exceptúan de esta regla general aquellos supuestos en los que la información
deba ser revelada por disposición legal, judicial o administrativa.
El presente compromiso de confidencialidad se aplicará durante el período de
vigencia del Convenio y subsistirá durante los cinco años siguientes a su terminación.
Decimocuarta.

Jurisdicción y ley aplicable.

Cualquier duda o divergencia que pueda surgir en relación con la interpretación o
ejecución del Convenio se resolverá, bien de mutuo acuerdo, o a través de la Comisión
de Seguimiento
En caso de litigio, serán competentes los juzgados y tribunales de lo contenciosoadministrativo de Madrid.
Las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera
corresponderles.
Decimoquinta.

Independencia de las partes.

Las partes reconocen y acuerdan que actúan como personas jurídicas
independientes. Ni el presente Convenio, ni los términos y condiciones incluidos en él
podrán ser interpretados como la creación o constitución de una relación laboral,
asociación, joint venture, franquicia o agencia.
Ninguna parte podrá vincular a otra parte en contratos con terceros, o formular
promesas o declaraciones en nombre de la otra parte sin su consentimiento firmado y
por escrito.
Transparencia y acceso a la información pública.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
En prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, indicando en el
margen la correspondiente fecha y firma electrónica.–Madrid, 11 de enero de 2021.–El
Director Financiero y de Recursos de la Delegación en España de la Fundación British
Council, Germán Velázquez Corona.–Zaragoza, 23 de febrero de 2021.–El Consejero de
Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, Felipe Faci Lázaro.–Madrid, 2 de
marzo de 2021.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá
Diéguez.

cve: BOE-A-2021-3902
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.