I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-3840)
Real Decreto 146/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 28598

12.º Constituirse como Servicio Central de Violencia de Género para la
dirección, definición y operación del Sistema de Seguimiento Integral de los casos
de Violencia de Género.
13.º Dirigir la Oficina Nacional de lucha contra los delitos de odio.
14.º Actuar como Centro Nacional de Desaparecidos.
15.º Ejercer, a través de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, las
funciones de punto de contacto nacional de coordinación operativa para el
intercambio de información con la Comisión Europea y los Estados miembros, en
el marco de lo establecido por la Directiva 2013/40/UE, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de agosto de 2013, relativa a los ataques contra los sistemas
de información, y por la que se sustituye la Decisión Marco 2005/222/JAI, del
Consejo, y ejercer como canal específico de comunicación entre los Centros de
Respuesta a Incidentes Cibernéticos (CSIRT) nacionales de referencia y la
Secretaría de Estado de Seguridad, y desempeñar la coordinación técnica en
materia de ciberseguridad entre dicha Secretaría de Estado y sus organismos
dependientes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros ministerios.
16.º Ejercer la coordinación de los Centros de Cooperación Policial y
Aduanera.
17.º Centralizar, a través del Centro Permanente de Información y
Coordinación (CEPIC), la recepción, clasificación y distribución de sucesos,
noticias e informaciones generadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y
cualesquiera otras instituciones públicas o entidades privadas cuya actividad tenga
relación con la seguridad pública y los planes operativos o estratégicos que
establezca la Secretaría de Estado.
2. De la Dirección General de Coordinación y Estudios depende la
Inspección de Personal y Servicios de Seguridad, con nivel orgánico de
subdirección general, encargada de la inspección, comprobación y evaluación del
desarrollo de los servicios, centros y unidades, centrales y periféricos, de las
Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, así como de las
actuaciones realizadas por los miembros de los respectivos Cuerpos en el
cumplimiento de sus competencias.
En este ámbito, en particular, le corresponden las siguientes funciones:
1.º Elaborar y proponer a la persona titular de la Secretaría de Estado la
planificación de la actividad inspectora.
2.º Analizar y comprobar el estado, adecuación, suficiencia y utilización de
los recursos humanos, materiales e infraestructuras sobre los que ejerce la función
inspectora, con objeto de optimizarlos y proponer, en su caso, las medidas que
procedan.
3.º Realizar el control y seguimiento de los planes y objetivos de actuación,
en relación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, establecidos por la
Secretaría de Estado y las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia
Civil.
4.º Ejercer las competencias en materia de prevención de riesgos laborales
que le otorgan los Reales Decretos 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención
de riesgos laborales en la Guardia Civil, y 2/2006, de 16 de enero, por el que se
establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los
funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
5.º Llevar a cabo, en el ámbito de sus funciones, el seguimiento de los
programas de calidad establecidos en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,
por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, y especialmente el de las quejas y
sugerencias formuladas por los ciudadanos, en el ámbito de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado.

cve: BOE-A-2021-3840
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Núm. 61