III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2021-3821)
Resolución de 1 de marzo de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto de Estudios Regionales y Metropolitanos de Barcelona, para el asesoramiento en el diseño de un sistema de Indicadores de Calidad de Vida Urbana en España.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Jueves 11 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28421

Cualquier discrepancia o controversia que pudiera surgir en la interpretación o
ejecución de este Convenio se someterá a la decisión de la Comisión de Seguimiento.
Las decisiones de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus
miembros.
Quinta.

Financiación.

Este Convenio no tiene contraprestaciones económicas entre las partes, ni generará
ningún gasto.
Sexta. Propiedad de los trabajos y transferencia tecnológica.
La documentación proporcionada por el INE se utilizará exclusivamente para
desarrollar los trabajos previstos en este Convenio, no pudiéndose transferir ni
comunicar su contenido a terceros.
El equipo investigador podrá hacer uso de forma consensuada con el INE de la
metodología en la que ha colaborado para su publicación en revistas y libros científicos.
Séptima.

Obligación de preservar el secreto estadístico.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función
Estadística Pública, están obligadas a preservar el secreto estadístico cuantas personas,
físicas o jurídicas, tengan conocimiento de datos amparados por aquél con ocasión de su
participación con carácter eventual en cualquiera de las fases del proceso estadístico en
virtud de contrato, acuerdo o convenio de cualquier género. Asimismo, el deber de
guardar el secreto estadístico se mantendrá aun después de que las personas obligadas
a preservarlo concluyan sus actividades profesionales o su vinculación a los servicios
estadísticos.
Octava. Responsabilidades derivadas de la explotación de los resultados.
El análisis resultado de los servicios acordados podrá dar lugar a la emisión de
informes con opiniones o recomendaciones relacionadas con los temas de estudio. En
dicho caso el INE acepta que dichos informes son consultivos, teniendo, en todo caso,
carácter orientativo para su propio uso.
A tal efecto, ni el Ayuntamiento de Barcelona ni el IERMB asumen ninguna
responsabilidad frente a terceros y es totalmente ajena a litigios derivados de la
utilización o aplicación de los resultados de los trabajos.
Novena.

Vigencia del Convenio.

El Convenio se perfeccionará con el consentimiento y la firma de las partes y
resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación y publicado en el «Boletín Oficial del Estado»,
manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo si se considera
adecuado su vigencia se podrá prorrogar por acuerdo expreso de las partes por un
periodo de hasta cuatro años adicionales.
Modificación.

El Convenio podrá modificarse, por mutuo acuerdo, mediante adenda firmada por las
partes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto.
Undécima.

Extinción y resolución.

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de su objeto o por incurrir en causa de
resolución.

cve: BOE-A-2021-3821
Verificable en https://www.boe.es

Décima.