III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-3749)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Miércoles 10 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 27958

materia necesarias para proteger debidamente la información proporcionada en la
plataforma (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en su normativa de desarrollo y Real
Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
en el ámbito de la Administración Electrónica). Como responsable del tratamiento, El
Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se responsabilizará de informar del
tratamiento de datos personales recogidos mediante GEISER, siendo la SGAD la
encargada del tratamiento.
i) La utilización de GEISER por parte de la entidad no podrá conllevar obligaciones
económicas para los ciudadanos.
3.

Ambas partes se comprometen a:

a) Dedicar los medios humanos y técnicos necesarios para proporcionar la
adecuada respuesta ante las incidencias técnicas de carácter informático en dicha
aplicación, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta.
b) Mantener la configuración técnica necesaria para el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el presente Convenio.
c) Cumplir las obligaciones que como responsable (o, en su caso, encargado) del
tratamiento de datos personales se establecen en el artículo 28 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Cuarta.

Mantenimiento de la aplicación informática.

1. En el mantenimiento de esta aplicación informática se distinguen dos tipos de
incidencias técnicas de carácter informático:
1.1 Incidencias correctivas: que serán las relativas a la solución de los posibles
errores, problemas o deficiencias que puedan presentarse durante la utilización de la
aplicación por sus usuarios y que alteren su normal funcionamiento. Serán atendidas
conforme a las siguientes condiciones:

1.2 Incidencias evolutivas: serán aquellas que se produzcan a partir de la
implantación inicial de la aplicación en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía,
organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, y, en concreto, toda
petición de modificación o alteración sugerida o solicitada por parte de este, de
naturaleza distinta a las incidencias correctivas establecidas en el apartado anterior.
Estas incidencias deberán ser analizadas conjuntamente por la unidad designada por
la SGAD y por la unidad designada por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía,
organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, siendo competencia de la
SGAD asegurar, en concordancia con los requisitos y necesidades del resto de
organismos usuarios de la aplicación, que en todo caso la aplicación evoluciona de

cve: BOE-A-2021-3749
Verificable en https://www.boe.es

a) Corresponderá al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, organismo
público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, dar soporte a la solución de las
mismas, siempre y cuando su causa se encuentre dentro de su propia red de
comunicaciones, equipos, sistemas operativos o navegadores.
b) Corresponderá al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, organismo público
adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, atender y dar un primer nivel de soporte a las
incidencias que se produzcan en relación con el uso y funcionamiento de la aplicación. La
SGAD no atenderá directamente a los usuarios del Museo Nacional Centro de Arte Reina
Sofía, organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte.
c) Las incidencias fuera del ámbito de actuación del Museo Nacional Centro de Arte
Reina Sofía, organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, serán
comunicadas por su unidad de informática a la unidad designada por la SGAD, quien
proporcionará el soporte solicitado.