III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-3761)
Resolución de 20 de enero de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Miércoles 10 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28163

En el artículo 215 se indica, respecto de su régimen fiscal, que la Universidad gozará de
los beneficios que la legislación atribuya a las entidades benéfico docentes. Los bienes
afectos al cumplimiento de los fines de la UNED, los actos que se realicen para el
desarrollo inmediato de tales fines y sus rendimientos disfrutarán de beneficios fiscales
de conformidad con lo previsto en el artículo 80.4 de la Ley Orgánica de Universidades.
En cuanto a la elaboración del presupuesto de la Universidad, viene legislado en el
artículo 219. Se establece que el presupuesto será público, anual, único y equilibrado.
Contendrá detalladamente todos los ingresos y los gastos que pueda efectuar la
Universidad durante su vigencia.
El artículo 222 regula la elaboración y aprobación del presupuesto estableciendo que el
Gerente elaborará un anteproyecto de presupuesto, de acuerdo con los criterios que se
señalen por el Consejo de Gobierno. A tal fin, deberá contar con la información remitida
en tiempo y forma por las Facultades, Escuelas, Departamentos, Institutos Universitarios
de Investigación, servicios y demás Centros sobre sus necesidades. El Rector someterá
el anteproyecto para su aprobación al Consejo de Gobierno.

El proyecto de

presupuestos aprobado por el Consejo de Gobierno se remitirá al Consejo Social para su
conocimiento y aprobación. En el caso de que el presupuesto no fuese aprobado antes
del comienzo del ejercicio económico, se entenderá prorrogado el presupuesto del año
anterior.
Por otra parte, en el artículo 33 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, se establece que el presupuesto de la Universidad se integrará en los
Presupuestos Generales del Estado con las características de presupuesto estimativo
La Rendición de cuentas viene regulada en los artículo 235 y siguientes. Se establece que
la Universidad, como Institución de derecho público integrante del sector público
conducto de la Intervención General de la Administración del Estado. El Rector será
cuentadante, como titular y representante de la Universidad, de cuantos estados y
cuentas deban rendirse. La Universidad queda sometida al control de su gestión
económico-financiera por parte de la Intervención General de la Administración del
Estado, la cual lo ejercerá conforme a lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de

cve: BOE-A-2021-3761
Verificable en https://www.boe.es

estatal, viene obligada a rendir cuentas de su actividad al Tribunal de Cuentas por