I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2021-3699)
Real Decreto 142/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 16/2019, de 25 de enero, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial de coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 27625
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 142/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 16/2019, de 25 de enero, por el que se crea y regula la Comisión
Interministerial de coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas por
la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados.
La Comisión Interministerial que se crea mediante el Real Decreto 16/2019, de 25
de enero, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial de coordinación y
seguimiento de las medidas adoptadas por la Comisión de Defensa del Congreso de
los Diputados, tiene por objeto el seguimiento y control efectivo de las medidas
adoptadas, el 27 de septiembre de 2018, por dicha Comisión de Defensa.
Por otra parte, por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, se reestructuran los
Departamentos ministeriales, con una modificación de la denominación de varios de los
Departamentos y Direcciones Generales que intervienen en la Comisión Interministerial.
Asimismo, el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, modifica la denominación del titular
de la Secretaría de la Comisión Interministerial y de los Vocales de su Comisión
Permanente.
Por todo ello, con el real decreto que ahora se aprueba se procede a actualizar las
citadas denominaciones. Asimismo, y para favorecer la implicación activa de las
asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, bajo el principio de
transparencia, se contempla la participación en la Comisión Permanente de aquellas que
tengan representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
A la vista de los cambios a introducir, se ha optado por la redacción de un nuevo real
decreto que modifique únicamente aquellos puntos del anterior que se considera
conveniente adecuar para un mejor funcionamiento de la Comisión Interministerial o que
se han visto afectados por la publicación de nueva normativa, siendo las medidas
contempladas adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, sin
que quepa considerar otras alternativas menos restrictivas o que impongan menos
obligaciones a los destinatarios.
Durante su tramitación, este real decreto fue informado por las asociaciones
profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las
Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio,
de Derechos y Deberes de los Miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con
arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado
por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación, conforme a los
cuales deben actuar las Administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En relación con el principio de necesidad, actualiza la denominación de los puestos
de determinados componentes de la Comisión Interministerial para el seguimiento y
control efectivo de las medidas adoptadas por Dictamen de la Comisión de Defensa del
Congreso de los Diputados, el 27 de septiembre de 2018, conforme el Real
Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos
ministeriales, así como el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
cve: BOE-A-2021-3699
Verificable en https://www.boe.es
3699
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 27625
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 142/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 16/2019, de 25 de enero, por el que se crea y regula la Comisión
Interministerial de coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas por
la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados.
La Comisión Interministerial que se crea mediante el Real Decreto 16/2019, de 25
de enero, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial de coordinación y
seguimiento de las medidas adoptadas por la Comisión de Defensa del Congreso de
los Diputados, tiene por objeto el seguimiento y control efectivo de las medidas
adoptadas, el 27 de septiembre de 2018, por dicha Comisión de Defensa.
Por otra parte, por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, se reestructuran los
Departamentos ministeriales, con una modificación de la denominación de varios de los
Departamentos y Direcciones Generales que intervienen en la Comisión Interministerial.
Asimismo, el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, modifica la denominación del titular
de la Secretaría de la Comisión Interministerial y de los Vocales de su Comisión
Permanente.
Por todo ello, con el real decreto que ahora se aprueba se procede a actualizar las
citadas denominaciones. Asimismo, y para favorecer la implicación activa de las
asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, bajo el principio de
transparencia, se contempla la participación en la Comisión Permanente de aquellas que
tengan representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
A la vista de los cambios a introducir, se ha optado por la redacción de un nuevo real
decreto que modifique únicamente aquellos puntos del anterior que se considera
conveniente adecuar para un mejor funcionamiento de la Comisión Interministerial o que
se han visto afectados por la publicación de nueva normativa, siendo las medidas
contempladas adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, sin
que quepa considerar otras alternativas menos restrictivas o que impongan menos
obligaciones a los destinatarios.
Durante su tramitación, este real decreto fue informado por las asociaciones
profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las
Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio,
de Derechos y Deberes de los Miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con
arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado
por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación, conforme a los
cuales deben actuar las Administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En relación con el principio de necesidad, actualiza la denominación de los puestos
de determinados componentes de la Comisión Interministerial para el seguimiento y
control efectivo de las medidas adoptadas por Dictamen de la Comisión de Defensa del
Congreso de los Diputados, el 27 de septiembre de 2018, conforme el Real
Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos
ministeriales, así como el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
cve: BOE-A-2021-3699
Verificable en https://www.boe.es
3699