III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-3753)
Orden CIN/218/2021, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28048
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Orden CIN/218/2021, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden
CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias.
Según el artículo 61.l) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, corresponde a los Ministros administrar los créditos para gastos de los
presupuestos del Ministerio, aprobar y comprometer los gastos que no sean de la
competencia del Consejo de Ministros, aprobar las modificaciones presupuestarias que
sean de su competencia, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en
el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, así como fijar los límites
por debajo de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a
los Secretarios de Estado y Subsecretario del departamento. Corresponderá al Ministro
elevar al Consejo de Ministros, para su aprobación, las modificaciones presupuestarias
que sean de la competencia de éste.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 404/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Ciencia e Innovación, corresponde a la Secretaría General de Investigación ejercer las
competencias inherentes a su responsabilidad de dirección y, en particular, impulsar la
consecución de los objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización y la
dirección de las competencias atribuidas al departamento en materia científica y de
investigación y desarrollo.
Por su parte, según el artículo 4 del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero,
corresponde a la Secretaría General de Innovación ejercer las competencias inherentes
a su responsabilidad de dirección y, en particular, impulsar la consecución de los
objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización y la propuesta y gestión de
iniciativas de fomento de la innovación, coordinación de actividades de promoción de
ámbitos estratégicos en materia de innovación, y dirección de las actuaciones estatales
en materia de transferencia del conocimiento.
La Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias, regula la
delegación del ejercicio de competencias en los órganos superiores y directivos y en las
unidades del Ministerio de Ciencia e Innovación.
En concreto, los artículos 11.1.h) y 15.1.e) de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio,
atribuyen respectivamente a las personas titulares de la Secretaría General de
Investigación y de la Secretaría General de Innovación el ejercicio, por delegación del
Ministro, de la competencia para administrar los créditos para gastos de los
presupuestos del Ministerio por su materia propios de la Secretaría General, y aprobar y
comprometer los gastos y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago,
sin límite.
Por su parte, según el artículo 16.1 de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, las
personas titulares del Gabinete Técnico y de las Subdirecciones Generales de la
Secretaría General de Innovación ejercerán respecto de su ámbito material de actuación,
por delegación del Ministro, las facultades de contratación atribuidas a la persona titular
del Ministerio para expedientes cuyo valor estimado se encuentre comprendido en el
límite para el contrato menor, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, así como
el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, y la aprobación del gasto y la
orden de pago material respecto a los pagos realizados por los sistemas de anticipos de
caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las respectivas Órdenes ministeriales
en esta materia.
cve: BOE-A-2021-3753
Verificable en https://www.boe.es
3753
Núm. 59
Miércoles 10 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28048
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Orden CIN/218/2021, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden
CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias.
Según el artículo 61.l) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, corresponde a los Ministros administrar los créditos para gastos de los
presupuestos del Ministerio, aprobar y comprometer los gastos que no sean de la
competencia del Consejo de Ministros, aprobar las modificaciones presupuestarias que
sean de su competencia, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en
el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, así como fijar los límites
por debajo de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a
los Secretarios de Estado y Subsecretario del departamento. Corresponderá al Ministro
elevar al Consejo de Ministros, para su aprobación, las modificaciones presupuestarias
que sean de la competencia de éste.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 404/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Ciencia e Innovación, corresponde a la Secretaría General de Investigación ejercer las
competencias inherentes a su responsabilidad de dirección y, en particular, impulsar la
consecución de los objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización y la
dirección de las competencias atribuidas al departamento en materia científica y de
investigación y desarrollo.
Por su parte, según el artículo 4 del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero,
corresponde a la Secretaría General de Innovación ejercer las competencias inherentes
a su responsabilidad de dirección y, en particular, impulsar la consecución de los
objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización y la propuesta y gestión de
iniciativas de fomento de la innovación, coordinación de actividades de promoción de
ámbitos estratégicos en materia de innovación, y dirección de las actuaciones estatales
en materia de transferencia del conocimiento.
La Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias, regula la
delegación del ejercicio de competencias en los órganos superiores y directivos y en las
unidades del Ministerio de Ciencia e Innovación.
En concreto, los artículos 11.1.h) y 15.1.e) de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio,
atribuyen respectivamente a las personas titulares de la Secretaría General de
Investigación y de la Secretaría General de Innovación el ejercicio, por delegación del
Ministro, de la competencia para administrar los créditos para gastos de los
presupuestos del Ministerio por su materia propios de la Secretaría General, y aprobar y
comprometer los gastos y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago,
sin límite.
Por su parte, según el artículo 16.1 de la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, las
personas titulares del Gabinete Técnico y de las Subdirecciones Generales de la
Secretaría General de Innovación ejercerán respecto de su ámbito material de actuación,
por delegación del Ministro, las facultades de contratación atribuidas a la persona titular
del Ministerio para expedientes cuyo valor estimado se encuentre comprendido en el
límite para el contrato menor, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, así como
el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, y la aprobación del gasto y la
orden de pago material respecto a los pagos realizados por los sistemas de anticipos de
caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las respectivas Órdenes ministeriales
en esta materia.
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