III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Orientación. Estatutos. (BOE-A-2021-3687)
Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Orientación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Martes 9 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 27535

Artículo 32.
1. La Junta Directiva se reunirá, al menos cada seis meses, o cuando lo
decida el Presidente, a quien corresponderá, en todo caso su convocatoria, así
como la determinación del orden del día de la sesión. El plazo mínimo de
convocatoria será de cuarenta y ocho horas.
2. La validez de las reuniones de la Junta Directiva requerirá que concurran,
en primera convocatoria, la mayoría de sus miembros, y en segunda, un tercio de
los mismos. Los acuerdos se tomarán por mayoría, dirimiendo los eventuales
empates el voto de calidad del Presidente.
3. Los acuerdos que en el ejercicio de sus competencias adopte la Junta
Directiva, no podrán ser objeto de recurso ante los órganos federativos de justicia.
4. La Junta Directiva podrá ser convocada, constituirse y adoptar acuerdos
por medios electrónicos. El presidente podrá acordar la celebración de reuniones
por medios electrónicos, para todas las sesiones ordinarias y extraordinarias o
solo para sesiones puntuales. Dicho acuerdo, será notificado a los miembros de la
Junta Directiva y especificará:
– El medio electrónico por el que se remitirá la convocatoria.
– El medio electrónico por el que se celebrará la reunión.
– El medio electrónico por el que se podrá consultar la documentación relativa
a los puntos del orden del día y el tiempo durante el que estará disponible la
información.
– El modo de participar en los debates y deliberaciones y el periodo de tiempo
durante el que tendrán lugar.
– El medio de emisión del voto y el período de tiempo durante el que se podrá
votar.
– El medio de difusión de las actas de las sesiones.

cve: BOE-A-2021-3687
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de la información, estableciéndose un servicio electrónico de acceso restringido
para los miembros de la Junta Directiva.»

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X