I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-3635)
Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados por la crisis sanitaria y se establecen nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Martes 9 de marzo de 2021

Disposición final segunda.

Sec. I. Pág. 27076

Habilitación.

1. Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para
el desarrollo y ejecución de lo este Decreto-ley.
2. No obstante, el titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
podrá llevar a cabo, mediante Orden, aquellas modificaciones que resulten necesarias
en la regulación de las ayudas reguladas en el Capítulo I del presente Decreto-ley.
Igualmente, se habilita a los órganos competentes de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital para dictar las resoluciones que sean procedentes para la
aplicación del presente Decreto-ley en las cuestiones relativas a las ayudas y
subvenciones contempladas en el Capítulo I del mismo.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 13 de enero de 2021.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo
Fernández Vara.–La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración
Pública, Pilar Blanco-Morales Limones.

cve: BOE-A-2021-3635
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» de 15 de enero de 2021, suplemento número 9)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X