III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-3590)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se asignan cuotas para fines científicos en la realización de proyectos piloto de observación electrónica en el contexto de medidas de mitigación para capturas accidentales de cetáceos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26799
En base a lo anterior esta Secretaria General de Pesca, una vez oído el sector
interesado, resuelve:
Primero.
Publicar como Anexo I de la presente Resolución el listado de buques que han
solicitado participar en los proyectos piloto, así como la cuota científica asignada a cada
uno de ellos y para los diferentes stocks (expresadas en toneladas) para el año 2021.
Para asignar las cuotas, entre los diferentes proyectos que se han presentado de
forma voluntaria, se han tenido en cuenta las características técnicas del proyecto que se
ha propuesto, así como la duración del mismo.
Segundo.
La Secretaria General de Pesca emitirá una autorización previa al inicio de la
campaña donde se hará referencia al proyecto presentado y se darán las instrucciones
para la anotación de las capturas, además de recoger los siguientes requisitos:
La utilización de la cuota científica para el proyecto estará condicionada a la entrega
de la información recogida en un formato de suficiente calidad para que pueda ser
evaluada por los Institutos Científicos. Además deberá garantizarse que el sistema de a
bordo no es manipulado durante la duración de la campaña.
Los equipos de grabación de imágenes instalados a bordo deberán contar con un
sistema de sensores automáticos para registrar de forma inequívoca el funcionamiento
de las operaciones de pesca y deberá estar ligado a un software que permita facilitar la
revisión de los datos de una manera eficaz y eficiente.
Tercero.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.
Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2021, y será
aplicable desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-3590
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 2 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26799
En base a lo anterior esta Secretaria General de Pesca, una vez oído el sector
interesado, resuelve:
Primero.
Publicar como Anexo I de la presente Resolución el listado de buques que han
solicitado participar en los proyectos piloto, así como la cuota científica asignada a cada
uno de ellos y para los diferentes stocks (expresadas en toneladas) para el año 2021.
Para asignar las cuotas, entre los diferentes proyectos que se han presentado de
forma voluntaria, se han tenido en cuenta las características técnicas del proyecto que se
ha propuesto, así como la duración del mismo.
Segundo.
La Secretaria General de Pesca emitirá una autorización previa al inicio de la
campaña donde se hará referencia al proyecto presentado y se darán las instrucciones
para la anotación de las capturas, además de recoger los siguientes requisitos:
La utilización de la cuota científica para el proyecto estará condicionada a la entrega
de la información recogida en un formato de suficiente calidad para que pueda ser
evaluada por los Institutos Científicos. Además deberá garantizarse que el sistema de a
bordo no es manipulado durante la duración de la campaña.
Los equipos de grabación de imágenes instalados a bordo deberán contar con un
sistema de sensores automáticos para registrar de forma inequívoca el funcionamiento
de las operaciones de pesca y deberá estar ligado a un software que permita facilitar la
revisión de los datos de una manera eficaz y eficiente.
Tercero.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.
Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2021, y será
aplicable desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-3590
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 2 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.