III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-3587)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad a Distancia de Madrid, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en Portugal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26759
firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio,
sin perjuicio de dar cumplimiento, siempre que fuera posible, a aquellos trámites de
certificación, y demás administrativos y académicos, de repercusión directa a los alumnos.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Si en el momento de la resolución algún estudiante de la Universidad se encontrase
realizando prácticas en el ámbito de la Consejería de Educación en Portugal, el Convenio
seguirá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las mismas.
Novena.
Naturaleza y resolución de controversias.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad a Distancia de
Madrid se comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que
puedan surgir en el desarrollo del presente Convenio, y en su defecto se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-3587
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento a 22 de febrero de 2021 y
a 23 de febrero de 2021, tomándose como referencia a efectos de fecha del Convenio la
fecha de la última de las firmas.–Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional,
el Secretario de Estado de Educación, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el
Director General de Planificación y Gestión Educativa, Diego Fernández Alberdi, P.D.F.,
según el art. 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consejero de Educación en Portugal,
Mario Bedera Bravo.–Por la Universidad a Distancia de Madrid, la Rectora, Concepción
Burgos García.
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26759
firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio,
sin perjuicio de dar cumplimiento, siempre que fuera posible, a aquellos trámites de
certificación, y demás administrativos y académicos, de repercusión directa a los alumnos.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Si en el momento de la resolución algún estudiante de la Universidad se encontrase
realizando prácticas en el ámbito de la Consejería de Educación en Portugal, el Convenio
seguirá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las mismas.
Novena.
Naturaleza y resolución de controversias.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad a Distancia de
Madrid se comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que
puedan surgir en el desarrollo del presente Convenio, y en su defecto se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-3587
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento a 22 de febrero de 2021 y
a 23 de febrero de 2021, tomándose como referencia a efectos de fecha del Convenio la
fecha de la última de las firmas.–Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional,
el Secretario de Estado de Educación, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el
Director General de Planificación y Gestión Educativa, Diego Fernández Alberdi, P.D.F.,
según el art. 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el Consejero de Educación en Portugal,
Mario Bedera Bravo.–Por la Universidad a Distancia de Madrid, la Rectora, Concepción
Burgos García.