III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Premios. (BOE-A-2021-3585)
Orden TMA/209/2021, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26745
2. En lo no previsto en estas bases, el funcionamiento del Jurado como órgano
colegiado se ajustará a las previsiones contenidas en la sección 3.ª del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
3. Atendiendo a lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cada uno de los órganos y
entidades a los que corresponda proponer vocalías para el Jurado deberá proponer
necesariamente a un hombre y a una mujer, entre quienes la Presidencia del Jurado
designará a quien corresponda.
Artículo 9. Plazos.
1. El plazo máximo para la presentación de candidaturas será establecido en la
convocatoria, no pudiendo ser inferior a quince días hábiles desde la publicación de la
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no
podrá exceder de dos meses. Dicho plazo se computará desde la publicación de la
convocatoria.
Artículo 10.
Difusión y entrega del premio.
1. Los premios serán entregados a las personas beneficiarias por la persona titular
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en un acto público, con la
solemnidad y difusión adecuadas.
2. El MITMA promoverá la realización de exposiciones y actividades de difusión en
las instalaciones del Ministerio y de las entidades del Grupo MITMA, en las que se
pongan de manifiesto los trabajos y los logros realizados por las personas premiadas.
Disposición adicional única.
Ausencia de incremento de gasto.
El funcionamiento del Jurado previsto en esta orden no supondrá incremento alguno
de gasto público y será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios
ya existentes en el Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda urbana.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-3585
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2021.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, José Luis Ábalos Meco.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26745
2. En lo no previsto en estas bases, el funcionamiento del Jurado como órgano
colegiado se ajustará a las previsiones contenidas en la sección 3.ª del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
3. Atendiendo a lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cada uno de los órganos y
entidades a los que corresponda proponer vocalías para el Jurado deberá proponer
necesariamente a un hombre y a una mujer, entre quienes la Presidencia del Jurado
designará a quien corresponda.
Artículo 9. Plazos.
1. El plazo máximo para la presentación de candidaturas será establecido en la
convocatoria, no pudiendo ser inferior a quince días hábiles desde la publicación de la
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no
podrá exceder de dos meses. Dicho plazo se computará desde la publicación de la
convocatoria.
Artículo 10.
Difusión y entrega del premio.
1. Los premios serán entregados a las personas beneficiarias por la persona titular
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en un acto público, con la
solemnidad y difusión adecuadas.
2. El MITMA promoverá la realización de exposiciones y actividades de difusión en
las instalaciones del Ministerio y de las entidades del Grupo MITMA, en las que se
pongan de manifiesto los trabajos y los logros realizados por las personas premiadas.
Disposición adicional única.
Ausencia de incremento de gasto.
El funcionamiento del Jurado previsto en esta orden no supondrá incremento alguno
de gasto público y será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios
ya existentes en el Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda urbana.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-3585
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2021.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, José Luis Ábalos Meco.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X