I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-3524)
Orden TED/203/2021, de 26 de febrero, por la que se ejecutan diversas sentencias del Tribunal Supremo en relación con la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Lunes 8 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 26553

referidos. Asimismo, y como consecuencia de la revisión de estos parámetros, la
presente orden modifica la retribución sin incentivos correspondiente al año 2016 de
dichas empresas, teniendo en cuenta para ello, cuando corresponda de conformidad con
lo previsto en las citadas sentencias, la nueva metodología de cálculo del parámetro
λibase en la Orden TEC/490/2019, 26 de abril, anteriormente mencionada.
III
Finalmente, esta orden insta a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, como órgano encargado de realizar las liquidaciones, a que proceda a
liquidar las obligaciones de cobro y los derechos de pago que resulten oportunos.
De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta orden se ha
sometido al trámite de audiencia individualizado mediante la remisión de su contenido a
las empresas afectadas.
IV
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, una vez analizados los informes de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y las alegaciones recibidas, y de
conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en el Real
Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, y en la Orden ITC/2660/2015, de 11 de
diciembre, y previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos, resuelvo:
Primero.
Establecer los parámetros de la retribución para el año 2016 de las empresas
distribuidoras de energía eléctrica que se recogen en el anexo I, en ejecución de las
correspondientes sentencias dictadas por el Tribunal Supremo respecto de la Orden
IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de
distribución de energía eléctrica para el año 2016.
Segundo.
Establecer la retribución para el año 2016, sin incentivos, de las empresas
distribuidoras de energía eléctrica que se recogen en el anexo II, de acuerdo con los
nuevos parámetros definidos en el apartado primero de esta orden.
Tercero.
Anular las retribuciones a las que se refiere el apartado segundo de esta orden en el
caso de las empresas R1-014 y R1-051, por resultar estas inferiores a las que fueron
aprobadas en la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, y mantener como retribuciones
correspondientes a 2016 para dichas empresas las que figuran en la citada orden.

Establecer en concepto de intereses de demora, de acuerdo con lo recogido en las
correspondientes sentencias del Tribunal Supremo, la cantidad resultante de aplicar a la
diferencia entre las cuantías que se recogen en los apartados anteriores y la cuantía
que, para las empresas afectadas, figuraba en la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, o
en las resoluciones estimatorias de los recursos de reposición presentados contra la

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Cuarto.