III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-3507)
Resolución de 26 de febrero de 2021, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Constitucionalistas de España, para la organización del XVIII Congreso de la Asociación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26356
En consecuencia de todo lo expuesto y de mutuo acuerdo, las Partes suscriben el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es regular la colaboración entre las partes para la
financiación y organización del XVIII Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de
España, a celebrar on line los días 11 y 12 de marzo de 2021.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
En virtud del presente acuerdo, las partes se comprometen expresamente y de
manera irrevocable a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
Obligaciones del CEPC:
– Financiar el proyecto con un máximo de 1.700 € (mil setecientos euros), de
acuerdo con la cláusula tercera.
– Asesorar en materia de Derecho Constitucional a ACE durante el desarrollo del
proyecto.
– La difusión del proyecto con los medios propios y habituales del CEPC.
Obligaciones de ACE:
– Asumir la organización y realización del congreso de referencia, y,
específicamente, dedicar una de las mesas de debate, el jueves 11 de marzo, con el
título Educación en/para la libertad y la igualdad: un diálogo necesario, a un aspecto de
investigación prioritaria del CEPC. Esta mesa será, además moderada por la Directora
del CEPC.
– Destinar directa e íntegramente la aportación dineraria efectuada por el CEPC a los
distintos gastos que genere la organización y realización del congreso de cuyos
resultados harán uso ambas partes. A estos efectos, la ACE vendrá obligada a
proporcionar al CEPC toda la documentación que ésta le solicite en relación con el
destino de los fondos aportados.
– La difusión del congreso con los medios propios y habituales de ACE.
– Prever la participación de un representante del CEPC –en principio, su Directora o
persona a quien ésta designe– en la apertura y/o acto de clausura del Congreso y en la
coordinación de una de las mesas antes mencionadas.
– Hacer constar el carácter de colaborador del CEPC en un lugar visible y destacado
mediante la inclusión de su logo en cualquier tipo de publicidad o difusión que se realice
para dar a conocer el mismo.
Aspectos presupuestarios.
El CEPC abonará a la ACE las facturas relativas a los gastos generados por la
organización y realización del congreso, así como por la recopilación y publicación de
sus resultados, por importe total máximo de 1.700 € con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.101.462M.226.06 de su Presupuesto de gastos para 2021. ACE
asumirá los gastos de organización que se produzcan por encima de ese importe,
teniendo en cuenta que el presupuesto total estimado para la organización del congreso
asciende a 2.200 €, según se detalla en el Anexo.
cve: BOE-A-2021-3507
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26356
En consecuencia de todo lo expuesto y de mutuo acuerdo, las Partes suscriben el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es regular la colaboración entre las partes para la
financiación y organización del XVIII Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de
España, a celebrar on line los días 11 y 12 de marzo de 2021.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
En virtud del presente acuerdo, las partes se comprometen expresamente y de
manera irrevocable a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
Obligaciones del CEPC:
– Financiar el proyecto con un máximo de 1.700 € (mil setecientos euros), de
acuerdo con la cláusula tercera.
– Asesorar en materia de Derecho Constitucional a ACE durante el desarrollo del
proyecto.
– La difusión del proyecto con los medios propios y habituales del CEPC.
Obligaciones de ACE:
– Asumir la organización y realización del congreso de referencia, y,
específicamente, dedicar una de las mesas de debate, el jueves 11 de marzo, con el
título Educación en/para la libertad y la igualdad: un diálogo necesario, a un aspecto de
investigación prioritaria del CEPC. Esta mesa será, además moderada por la Directora
del CEPC.
– Destinar directa e íntegramente la aportación dineraria efectuada por el CEPC a los
distintos gastos que genere la organización y realización del congreso de cuyos
resultados harán uso ambas partes. A estos efectos, la ACE vendrá obligada a
proporcionar al CEPC toda la documentación que ésta le solicite en relación con el
destino de los fondos aportados.
– La difusión del congreso con los medios propios y habituales de ACE.
– Prever la participación de un representante del CEPC –en principio, su Directora o
persona a quien ésta designe– en la apertura y/o acto de clausura del Congreso y en la
coordinación de una de las mesas antes mencionadas.
– Hacer constar el carácter de colaborador del CEPC en un lugar visible y destacado
mediante la inclusión de su logo en cualquier tipo de publicidad o difusión que se realice
para dar a conocer el mismo.
Aspectos presupuestarios.
El CEPC abonará a la ACE las facturas relativas a los gastos generados por la
organización y realización del congreso, así como por la recopilación y publicación de
sus resultados, por importe total máximo de 1.700 € con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.101.462M.226.06 de su Presupuesto de gastos para 2021. ACE
asumirá los gastos de organización que se produzcan por encima de ese importe,
teniendo en cuenta que el presupuesto total estimado para la organización del congreso
asciende a 2.200 €, según se detalla en el Anexo.
cve: BOE-A-2021-3507
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.