I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Organización. (BOE-A-2021-3487)
Orden TED/195/2021, de 10 de febrero, por la que se regula la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Disposición adicional única.
Sec. I. Pág. 26240
Gasto público.
La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria no conllevará incremento del
gasto público y se atenderá con los recursos disponibles de la Subsecretaría del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La participación en la
misma no dará lugar a la percepción de indemnizaciones por razón del servicio.
Disposición derogatoria única.
Derogación.
Queda derogada la Orden TEC/1173/2018 de 7 de noviembre, por la que se regula la
Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio para la Transición
Ecológica, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en esta orden.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2021-3487
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de febrero de 2021.–La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Disposición adicional única.
Sec. I. Pág. 26240
Gasto público.
La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria no conllevará incremento del
gasto público y se atenderá con los recursos disponibles de la Subsecretaría del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La participación en la
misma no dará lugar a la percepción de indemnizaciones por razón del servicio.
Disposición derogatoria única.
Derogación.
Queda derogada la Orden TEC/1173/2018 de 7 de noviembre, por la que se regula la
Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio para la Transición
Ecológica, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en esta orden.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2021-3487
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de febrero de 2021.–La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X