I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2021-3485)
Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Sábado 6 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 26231

Artículo 23. Análisis del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de
Defensa.
Por la Subdirección General de Contratación se deberán analizar los resultados
obtenidos en la centralización de la contratación mediante la elaboración de índices de
competitividad u otros indicadores, que permitan concluir de forma objetiva si mediante
las centralizaciones realizadas se han conseguido suficientes mejoras en la relación
calidad-precio.
Disposición adicional primera.

Delegación de competencias.

Las correspondientes Juntas de Contratación delegan la facultad de celebrar los
contratos basados en los acuerdos marco, definidos en el PACC correspondiente, que hayan
concluido tales Juntas de Contratación, en aquellos órganos de contratación del Ministerio de
Defensa con competencias o responsabilidades en las materias objeto del contrato.
Disposición adicional segunda.

Gestión del gasto.

1. Respecto a la gestión de los gastos, las Juntas de Contratación, así como los
órganos en los que delegan sus facultades de contratación, ejercerán tanto las
competencias de aprobación del gasto como las de su compromiso, de los créditos que
hayan sido puestos a su disposición.
2. Para el resto de competencias en materia de reconocimiento de obligaciones y
propuestas de pago se aplicarán las delegaciones contenidas en las órdenes
ministeriales vigentes de delegación de gasto.
Disposición adicional tercera.

No incremento del gasto público.

La implementación y posterior aplicación de esta orden ministerial no supondrá incremento
de gasto público, atendiéndose con los medios personales y materiales del Departamento.
Disposición transitoria única. Remisión de las fichas del Plan Anual de Contratación
Centralizada del Ministerio de Defensa.
Hasta que se habiliten las fichas del anexo definidas en el artículo 20 y para aquellos
organismos autónomos que no dispongan del SIDAE, se autoriza la remisión de las fichas por
correo electrónico a la Secretaría de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la
contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de
Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los
Ejércitos y de la Armada, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en esta orden ministerial.
Facultades de aplicación.

Se faculta la persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa para que dicte las
instrucciones necesarias para la aplicación de esta orden ministerial y, en concreto, para
completar y aplicar el PACC.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de febrero de 2021.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

cve: BOE-A-2021-3485
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final primera.