I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Tasas y precios públicos. (BOE-A-2021-3492)
Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 26251
Artículo 54. Tasa por la prestación de servicios de análisis en el Laboratorio
Agroalimentario.
Artículo 55. Tasa por la expedición de certificados de exclusión de parcelas de
procesos de concentración parcelaria.
Artículo 56. Tasas por servicios de los Consejos Reguladores de las
Denominaciones de Origen, Específicas o de Indicaciones Geográficas Protegidas.
Artículo 57. Tasa por emisión de certificados fitosanitarios para exportación.
Artículo 58. Tasa por la concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
Artículo 59. Tasa por la emisión de traslados de aforo.
Artículo 60. Tasas del régimen de autorización ambiental integrada.
Artículo 61. Tasas del régimen de gestión de residuos de estiércoles.
Capítulo VIII. Tasas en materia de industria.
Artículo 62.
Tasas por servicios en materia de industria y minas.
Capítulo IX.
Tasas en materia de economía y hacienda.
Artículo 63. Tasa por expedición de documentación, información o certificación de
datos del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra.
Artículo 64. Tasa por la venta de impresos, programas y aplicaciones informáticas.
Artículo 65. Tasa por la inscripción en el Registro de mediadores de seguros y
corredores de reaseguros y por expedición de certificados.
Artículo 66. Tasa por la copia o reproducción de declaraciones tributarias o de su
contenido.
Artículo 67. Tasa por expedición de certificados específicos de carácter tributario.
Capítulo X.
Tasa en materia de vivienda y construcción.
Artículo 68. Tasa por redacción de proyectos, tasación de proyectos y valoraciones
de obras.
Artículo 69. Tasa por la dirección y tasación de obras.
Artículo 70. Tasa por informes, certificados y demás actuaciones facultativas.
Artículo 71. Tasa por expedición de copias de planos de viviendas y de documentos
de ordenación territorial y urbanística.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Disposición final primera. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
La Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, regula el régimen jurídico de las
Tasas y de los Precios Públicos propios de la Administración de la Comunidad Foral y de
sus Organismos Autónomos. La estructuración de la mencionada ley foral por
departamentos supone un desajuste y genera confusión cada vez que se modifica la
estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral, por lo que se ha
considerado conveniente cambiar esa estructura departamental por otra en la que las
Tasas de la Administración de la Comunidad Foral se organicen por materias.
La presente ley foral contiene la regulación de las Tasas y Precios Públicos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. La
principal modificación y el objetivo de la aprobación de esta nueva ley foral, respecto a la
Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra, es la estructuración de la misma por materias en lugar
de por departamentos.
cve: BOE-A-2021-3492
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 26251
Artículo 54. Tasa por la prestación de servicios de análisis en el Laboratorio
Agroalimentario.
Artículo 55. Tasa por la expedición de certificados de exclusión de parcelas de
procesos de concentración parcelaria.
Artículo 56. Tasas por servicios de los Consejos Reguladores de las
Denominaciones de Origen, Específicas o de Indicaciones Geográficas Protegidas.
Artículo 57. Tasa por emisión de certificados fitosanitarios para exportación.
Artículo 58. Tasa por la concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
Artículo 59. Tasa por la emisión de traslados de aforo.
Artículo 60. Tasas del régimen de autorización ambiental integrada.
Artículo 61. Tasas del régimen de gestión de residuos de estiércoles.
Capítulo VIII. Tasas en materia de industria.
Artículo 62.
Tasas por servicios en materia de industria y minas.
Capítulo IX.
Tasas en materia de economía y hacienda.
Artículo 63. Tasa por expedición de documentación, información o certificación de
datos del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra.
Artículo 64. Tasa por la venta de impresos, programas y aplicaciones informáticas.
Artículo 65. Tasa por la inscripción en el Registro de mediadores de seguros y
corredores de reaseguros y por expedición de certificados.
Artículo 66. Tasa por la copia o reproducción de declaraciones tributarias o de su
contenido.
Artículo 67. Tasa por expedición de certificados específicos de carácter tributario.
Capítulo X.
Tasa en materia de vivienda y construcción.
Artículo 68. Tasa por redacción de proyectos, tasación de proyectos y valoraciones
de obras.
Artículo 69. Tasa por la dirección y tasación de obras.
Artículo 70. Tasa por informes, certificados y demás actuaciones facultativas.
Artículo 71. Tasa por expedición de copias de planos de viviendas y de documentos
de ordenación territorial y urbanística.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Disposición final primera. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
La Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra, regula el régimen jurídico de las
Tasas y de los Precios Públicos propios de la Administración de la Comunidad Foral y de
sus Organismos Autónomos. La estructuración de la mencionada ley foral por
departamentos supone un desajuste y genera confusión cada vez que se modifica la
estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral, por lo que se ha
considerado conveniente cambiar esa estructura departamental por otra en la que las
Tasas de la Administración de la Comunidad Foral se organicen por materias.
La presente ley foral contiene la regulación de las Tasas y Precios Públicos de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. La
principal modificación y el objetivo de la aprobación de esta nueva ley foral, respecto a la
Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra, es la estructuración de la misma por materias en lugar
de por departamentos.
cve: BOE-A-2021-3492
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS